Votarán quienes cumplan 18 años hasta el 7 de octubre

En las Elecciones Regionales y Municipales que se llevarán a cabo el 7 de octubre de 2018, podrán votar todos los peruanos que hasta ese día hayan cumplido 18 años, de acuerdo a lo establecido por la Ley N° 30673, publicada el 20 de octubre en el diario El Peruano.

La norma dispuso, por primera vez, la incorporación en el padrón electoral de quienes llegarán a la mayoría de edad durante los meses previos a los comicios. A ellos, el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) les recomienda informarse con anticipación sobre el lugar dónde les tocará sufragar.

Antes de la emisión de la Ley N° 30673, podían votar solo quienes ya tenían 18 años el día en que se cerraba el padrón electoral; es decir, no podían ejercer su derecho al voto quienes cumplían 18 años entre esa fecha y el día del sufragio, se informó a INFOREGIÓN.

La cantidad no era muy alta, pues el padrón se cerraba 120 días antes de la votación. En el actual proceso electoral, la cifra es bastante mayor –525,790 personas– porque la misma Ley N° 30673 dispuso que el padrón se cierre 350 días antes de las Elecciones Regionales.

Conviene saber

-Consultas sobre local de votación y miembros de mesa: https://consultamiembrodemesa.onpe.gob.pe/

-Los peruanos, al cumplir 17 años, deben solicitar un Documento Nacional de Identidad (DNI) de color azul –correspondiente a los mayores de edad– que, al cumplir 18 años, pueden utilizar para votar, contratar y realizar otros actos civiles permitidos solo a los mayores de edad. Tener el DNI azul desde los 17 años les permite cumplir con la obligación de inscribirse en una de las Oficinas de Registro Militar de las Fuerzas Armadas y así obtener una Constancia de Inscripción en el Registro Militar. Quien no se inscribe en el Registro Militar antes de la mayoría de edad es considerado omiso a la inscripción y recibe una multa equivalente al 5 % de la Unidad Impositiva Tributaria.

-DNI para jóvenes de 17 años: https://www.reniec.gob.pe/portal/acercaDni.htm#