Definitivo. El ingeniero Víctor Pajuelo es el nuevo alcalde del distrito de Monzón. En resolución inapelable, el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) declaró infundado el recurso de apelación que interpuso el personero legal de una organización política prococalera, en contra su triunfo obtenido en las urnas el pasado 5 de octubre.
De esta manera, el máximo organismo electoral confirmó, mediante resolución N.° 3311-2014-JNE, la resolución del Jurado Electoral Especial de Huamalíes que también había declarado infundado el pedido de Arnaldo Chávez Malpartida, personro del Movimiento Político Hechos y No Palabras, para que se anulen parcialmente las elecciones municipales realizadas en Monzón.
Pajuelo, del movimiento Avanzada Regional Independiente Unidos por Huánuco (ARI) ganó las recientes elecciones municipales al lograr el 38.10% de los votos válidos. En segundo lugar quedó Job Chávez, del Movimiento Político Hechos y No Palabras, con el 29.62% de los votos válidos, según la información oficial de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) al 100% de las actas procesadas.
Luego de conocidos los resultados del último proceso electoral, el personero del movimiento Hechos y No Palabras pidió que se declare la nulidad parcial de las elecciones en Monzón por diversas consideraciones que al final fueron desestimadas tanto por el JEE como por el JNE ya que solo se trataba de simples acusaciones o conjeturas personales que finalmente no pudieron probar.
En opinión de Chávez Malpartida el conteo de votos fue efectuado con deficiencias y anomalías y a favor del ARI porque “el fluido eléctrico se interrumpió hasta en cuatro oportunidades”.
Al respecto, el JNE señaló que “el conteo de votos se desarrolló con normalidad, a pesar del corte de fluido eléctrico, el cual ocurrió en cinco ocasiones a partir de las 16:00 horas, sin identificarse a la persona que provocó dicho corte, conforme el acta de fiscalización (…) y no hubo ninguna impugnación de votos”.
Cabe resaltar que el JNE destaca que en el Informe de fiscalización del JEE de Huamalíes no se da cuenta de alguna incidencia ni de ninguna denuncia verbal o escrita en el día de la votación por parte de algún personero legal de organización política alguna.
“Por ende, no hubo ningún tipo de incidencia que pudiera afectar el proceso electoral en dicho distrito”, puntualiza el documento del máximo organismo electoral.
“Al haberse apreciado y valorado de manera conjunta y con criterio de conciencia los hechos y medios probatorios contenidos en autos, este Supremo Tribunal Electoral concluye que no se encuentra acreditado que haya mediado fraude, cohecho, soborno, intimidación o violencia para inclinar la votación a favor de algún candidato u organización política y, menos aún, que hayan ocurrido graves irregularidades que hubiesen modificado los resultados de la votación o que los hechos alegados supongan una distorsión en la manifestación del ejercicio del derecho de sufragio de los votantes de la mesas de sufragio aludidas, de forma tal que justifique la declaratoria de nulidad de las elecciones realizadas en dichas mesas de sufragio. Así, la resolución venida en grado debe ser confirmada, deviniendo en infundado el recurso de apelación”, puntualiza el documento.
Para ver la resolución del JNE haga click aquí: RESOLUCIÓN DEL JNE
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