Ayer se desarrolló la audiencia de lectura de fallo, previsto en la carpeta fiscal 75-2019, expediente 1342-2019, en los seguidos contra Víctor Raúl y Jalmer Hernán Rivera Espíritu por la comisión del delito de minería ilegal con circunstancia agravante prevista en el numeral 3, del artículo 307-B del Código Penal.
La audiencia se desarrolló en varias sesiones. El abogado de los sentenciados pretendió confundir a los jueces del Colegiado presentando pruebas que no correspondían al contexto, como fotos y videos que fueron tomadas hace más de un año desde que se cometieron los hechos, los mismos que fueron admitidos por el Colegiado, siendo que esas pruebas no estaban comprendidos en la carpeta fiscal y nunca los presentó, ya que en el juicio oral, es la etapa de valorar medios de pruebas admitidos y es donde se presenta.
Tras culminar la audiencia, se logró condenar a los acusados a una pena de 8 años y 8 meses de pena privativa de la libertad de carácter efectivo, el pago de 533.3 días multa e inhabilitación conforme lo establece el artículo 307-F del Código Penal, por el mismo periodo de la pena efectiva.
Esta sentencia condenatoria es gracias al trabajo del fiscal provincial Dumas Campos Malpartida, del Primer Despacho de la Segunda Fiscalía Corporativa de Ucayali, y el proceso estuvo a cargo del fiscal adjunto Walter Ramírez Simbala.
De esta manera, la Segunda Fiscalía Especializada en Materia Ambiental – FEMA de Ucayali logra la cuarta sentencia condenatoria por el delito de minería ilegal agravado, informó dicha entidad fiscalizadora.