El Tribunal Constitucional (TC) ordenó al Poder Judicial de Madre de Dios que se admitan la demanda de pensión de viudez de Eva Cárdenas y que se legitime en el proceso a Leónidas Lazo, Presidente de su Comunidad Nativa de Poyentimari del Pueblo Indígena Machiguenga.
El 29 de enero de 2019, declaró nulas las resoluciones del Poder Judicial que declararon improcedente la demanda del proceso de amparo interpuesta por Eva Cárdenas y el Presidente de la Comunidad de Poyentimari del Pueblo Machiguenga.
Además, señaló que el Poder Judicial no tomó en cuenta el reconocimiento de la jurisdicción indígena y el derecho consuetudinario de las comunidades indígenas establecidos en el artículo 149 de la Constitución Política del Perú. Esto al declarar improcedente la participación en el proceso y la demanda del Presidente de la Comunidad.
Eva Cárdenas es miembro de la Comunidad de Poyentimari, conformada por el pueblo Machiguenga, ubicada en el departamento de Madre de Dios. Se casó con un profesor bilingüe Raúl Pedro Metaki, tanto en su comunidad como en una iglesia.
Tras el fallecimiento de su esposo, Eva Cárdenas exigió su derecho a la pensión de viudez al Gobierno Regional de Madre de Dios (Goremad). Para ello, presentó las actas y constancias de matrimonio que le fue otorgado por la Asamblea de la citada Comunidad y el Consejo Machiguenga.
A pesar de contar con dichas actas otorgadas por la jurisdicción indígena que reconocen su matrimonio por el derecho consuetudinario, Goremad desconoció y rechazó su solicitud de pensión de viudez.
Luego de agotar las vías administrativas, Eva Cárdenas y Leónidas Lazo, Presidente de la Comunidad de Poyentimari, presentaron una acción de amparo ante el Poder Judicial a fin de que éste le otorgue su pensión de viudez y el Juez declare la vulneración del derecho de la función jurisdiccional. Sin embargo, el Juez y la Sala omitió la condición de la autoridad del Pueblo Indígena Machiguenga y declaró improcedente la demanda.
Ante esta negativa, la defensa legal de Eva Cardenas y el Presidente de la Comunidad, el Instituto Internacional de Derecho y Sociedad (IIDS), interpusieron un Recurso de Agravio Constitucional (RAC), el cual fue admitido. Es así que, como el caso llega al TC.
Tanto Eva Cárdenas como el Presidente de la Comunidad Nativa Poyentimari esperan que el Poder Judicial de Madre de Dios cumpla la resolución del Tribunal Constitucional e interprete la acción reconociendo los derechos de los pueblos indígenas. En caso contrario, acudirá hasta las últimas instancias para que se respeten sus derechos como mujer indígena.
Fuente: Lamula.pe