La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) inició hoy lunes 3 de junio el registro de las empresas dedicadas a la importación, producción, transformación, comercialización, transporte, almacenamiento y consumo de insumos químicos.
El registro para el control de insumos químicos y bienes fiscalizados, permitirá contar con una base de datos que servirá para controlar y fiscalizar el uso legal de estos bienes, desde su producción o ingreso al país, hasta su destino final al consumo, según información recibida por INFOREGIÓN.
Mediante Resolución de Superintendencia N° 173-2013/SUNAT se establecieron los procedimientos, plazos y demás condiciones así como los requisitos que deben cumplir los usuarios de bienes fiscalizados para la incorporación, renovación y permanencia en el registro.
El cronograma de inscripción se efectuará de acuerdo al último número del RUC del contribuyente y culminará el 13 de Julio, según el cuadro adjunto:
Último dígito del RUC | Plazo de presentación de la solicitud |
0 y 1 |
Del 3 al 8 de junio de 2013 |
1 y 2 |
Del 10 al 15 de junio de 2013 |
3 y 4 |
Del 17 al 22 de junio de 2013 |
5 y 6 |
Del 24 al 28 de junio de 2013 |
7 y 8 |
Del 1 al 6 de julio de 2013 |
9 |
Del 8 al 13 de julio de 2013 |
Los usuarios deberán ingresar a SUNAT Operaciones en Línea y a la opción “Registro para el Control de Bienes Fiscalizados” para generar la solicitud de inscripción en el registro, llenando la información solicitada en el sistema. Luego, se deberá acercar a los Centros de Servicios autorizados a fin de presentar la documentación requerida.
Es importante indicar que todos los usuarios que operan con insumos químicos fiscalizados deben inscribirse en el registro a fin de que puedan operar con los mismos a partir del 27 de Agosto del presente año, fecha en la que entra en plena vigencia el Decreto Legislativo N° 1126.
Como se sabe, en el marco de este Decreto Legislativo y su reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 044-2013-EF, el Poder Ejecutivo delegó a la SUNAT la facultad de establecer medidas para el registro, control y fiscalización del uso legal de insumos químicos y otros bienes utilizados en la elaboración de drogas ilícitas y la minería ilegal.
De esta manera, la SUNAT se encargará de controlar y fiscalizar el uso de 35 insumos químicos, mezclas, disolventes y combustibles, estos últimos en zonas de régimen especial (operaciones realizadas en el Vraem y Huallaga) supervisando las labores de los importadores, productores, transportistas, almaceneras y comercializadores de este tipo de bienes.
Finalmente, se debe señalar que la SUNAT viene organizando charlas dirigidas a los usuarios a nivel nacional. Igualmente, se ha coordinado reuniones de trabajo con los gremios como la Sociedad Nacional de Industrias, la Sociedad Nacional de Minería, Petróleo y Energía, la Cámara de Comercio de Lima, la Asociación Nacional de Transporte Terrestre de Carga para explicarles los alcances de las disposiciones que regulan el proceso de inscripción del nuevo Registro para el Control de Bienes Fiscalizados.
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