Las regiones del país donde se desarrollan actividades extractivas realizadas por empresas mineras reciben los recursos económicos del canon y la única entidad encargada de realizar la distribución de estos dineros es el Gobierno central.
Así lo remarcó Dante Cruz, coordinador regional del proyecto Pro Participación del Grupo Propuesta Ciudadana, al enfatizar que “el canon minero no es un impuesto ni tampoco es una transferencia directa que hagan las empresas mineras hacia los gobiernos locales”.
Recordó que la Ley del Canon se expidió durante la gestión presidencial de Valentín Paniagua en el año de 2001. Tres años después, a raíz del aumento de los precios de los metales, es que se empezó a sentir con más fuerza los alcances de esta distribución de recursos.
Detalló que el canon no es un tributo que pagan las empresas mineras, sino una redistribución del 50% del Impuesto a la Renta que estas pagan como resultado de sus utilidades. “Diríamos como si ahora saliera una nueva ley que dijese que el 50% del IGV que se paga se distribuirá a una determinada región. Es decir, no se está creando un nuevo impuesto”, dijo a INFOREGIÓN.
El Impuesto a la Renta es un pago que realizan las empresas mineras como cualquier negocio que rinde cuenta de sus utilidades. Cruz remarcó que el porcentaje del Impuesto a la Renta declarado por las empresas mineras para ser distribuido en la región donde laboran es captado por la por la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat).