Sociedad Peruana de Derecho ambiental se pronuncia por ingreso de transgénicos al Perú

A través de un comunicado, la Sociedad Peruana de Derecho Ambiental (SPDA) se pronunció frente a las observaciones que el Poder Ejecutivo formuló a la Ley de Moratoria de 10 años para el ingreso al Perú de Organismos Vivos Modificados (OVM).

Señalan que la situación generada por el Poder Ejecutivo es preocupante al observar la autógrafa de la Ley Monetaria para el ingreso de OVM al Perú, ya que requiere de un lapso para construir un régimen de biodiversidad efectivo. Asimismo, se necesita fortalecer las medidas para que los riesgos que presentan los transgénicos sean minimizados o evitados.

En este contexto, el comunicado señala que no se entiende el apuro del Ejecutivo para aprobar la norma que autorizaba el ingreso inmediato de semillas transgénicas, si el Ministro Villasante afirmó es necesario contar con 5 años para minimizar los riesgos.

Asimismo, la SPDA  sostiene que en la actualidad el Perú no se encuentra preparado de manera institucional para controlar el ingreso de transgénicos con fines de cultivo o crianza, incluidos los organismos acuáticos, pues son el objeto único de la moratoria de 10 años.

En el comunicado, la SPDA también manifiesta que ha expresado su preocupación de manera continua por la pérdida del posicionamiento comercial del Perú como país rico en biodiversidad, debido a los posibles efectos del flujo génico y las consecuencias de la dependencia tecnológica a la que se somete el pequeño y mediano agricultor.

Por eso, consideran necesario mencionar que no es cierto que mediante la ley aprobada por el Congreso de la República se impida el ingreso de granos para el consumo directo o como materia prima, teniendo como consecuencia la disminución del comercio con Brasil, Uruguay, Argentina, Estados Unidos, Colombia, Bolivia u otros países.

Afirman que la moratoria solo estaría diseñada para la introducción de transgénicos con fines de cultivo o crianza, incluidos los organismos acuáticos. Por eso, en el comunicado rechazan las afirmaciones que señalan que la moratoria podría consolidarse como una barrera injustificada al comercio, incumpliéndose las disposiciones de la OMC.

La ley observada se encuentra basada en el principio precautorio reconocido por el Protocolo de Cartagena sobre Seguridad de la Biotecnología del Convenio sobre la Diversidad Biológica, que exhorta a los países a tomar las medidas adecuadas para evitar que se concreten los riesgos de los transgénicos a la salud, al ambiente y a la biodiversidad.

El comunicado también señala que la moratoria no es un obstáculo para la investigación en biotecnología moderna, porque de acuerdo a lo establecido por la Ley N° 27104, su reglamento el D.S. 108-2002-PCM y el Reglamento Sectorial del INIA el D.S. 003-2011-AG, indican que solo pueden realizarse investigaciones con transgénicos que no hayan sido observados o rechazados en algún país

Por este motivo, la ley de moratoria no representa un retroceso en materia de bioseguridad en nuestro país. Las normas mencionadas se encuentran en revisión, ya que el Perú se encuentra en un proceso de construcción de un régimen de bioseguridad nacional acorde a las exigencias impuestas en el mundo respecto a los organismos vivos modificados.

Finalmente,  la Sociedad Peruana de Derecho Ambiental exhorta a los poderes del Estado a tomar las medidas adecuadas para velar por los intereses de todos los peruanos, a preservar la biodiversidad, el ambiente y evitar responder a intereses económicos particulares.

Asimismo, señalan que el Estado está en la obligación de entender el mensaje de la ciudadanía informada y de los miles de agricultores y prestigiosas instituciones científicas y gremiales que se oponen a abrir nuestro territorio a experimentos, cuya certeza científica no cuenta todavía con el aval de la comunidad científica internacional.

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