Con el propósito de lograr el desarrollo de un modelo integrado para el reaprovechamiento de los residuos sólidos que se recolectan en Miraflores la Municipalidad Distrital reguló la actividad de los operadores de dicho material como base de la cadena productiva del reciclaje.
Así lo indica la Ordenanza N°381/MM, publicada hoy en el diario oficial El Peruano, que sostiene que dicha medida generará oportunidades socio económicas para las personas dedicadas al reciclaje y permitirá concientizar a la comunidad miraflorina en el fomento de una cultura de compromiso ambiental.
Las personas y organizaciones de recicladores que desarrollan actividades de recolección y transporte de residuos sólidos en Miraflores deberán estar inscritas en el Registro Municipal, para lo cual la Municipalidad publicará un cronograma de inscripción.
En tanto, la Municipalidad, con apoyo de diversas instituciones como la ONG Ciudad Saludable con quien firmó un Convenio de Cooperación Interinstitucional, realizará capacitaciones ambientales en materia de segregación en la fuente “Basura que no es basura” y recolección selectiva de residuos sólidos.
Cabe indicar que “Basura que no es basura” es un servicio que presta la Municipalidad y que se inició en junio del 2011 en la zona 6 del distrito como programa piloto a fin de mejorar la calidad de vida de toda la comunidad miraflorina.
Ahora al haber sido regulada la actividad de los operadores de residuos sólidos el programa se implementará además a las zonas 1, 2, 3, 5, 7, 9 y 13, donde los vecinos participantes serán responsables de la manipulación y almacenamiento temporal de los materiales no peligrosos generados en sus viviendas o establecimientos comerciales.
Los residuos reciclables no peligrosos son: papel, cartón, vidrio, plástico, metal, jebe y artículos de jebe en sus diferentes variedades, los cuales deben estar envueltos en bolsas de plástico cerradas con una cinta adhesiva del programa “Basura que no es basura”.
Por su parte, las organizaciones de recicladores autorizados por la Municipalidad deberán presentar un reporte al término de cada mes de la cantidad y tipo de residuos sólidos que recolectan sus operaciones y un registro de su destino final.
En tanto, serán sancionadas con el pago del 30% de una Unidad Impositiva Tributaria (UIT), es decir S/.1,095, en caso realicen labores de recolección selectiva y transporte de residuos sólidos sin la autorización respectiva o los arrojen en la vía pública.
Asimismo, serán multados con el pago de 1 UIT (3,650 nuevos soles) las personas y organizaciones que presentan documentación falsa a fin de acceder a la inscripción en el registro municipal.