Reglamentan ley que restringe el tabaco en locales públicos y privados

Luego de dos años de espera y en norma publicada en el diario oficial El Peruano, el gobierno reglamentó la Ley General para la Prevención y Control de los Riesgos del Tabaco, 28705, estableciendo restricciones al uso del tabaco en locales publicos y privados, medidas que se aplicaran de inmediato unas y otras dentro de seis meses.


 


Entre las medidas de aplicación inmediata se encuentra la prohibición expresa de fumar en áreas abiertas y cerradas de establecimientos públicos y privados dedicados a la salud y la educación, y también  en las dependencias públicas y en las unidades transporte público.


 


Se especifica asimismo que el área de fumadores deberá estar separada físicamente del resto del local y contar con mecanismos adecuados de ventilación y extracción del humo hacia el exterior.


 


El reglamento establece asimismo otras normas que se harán efectivas dentro de medio año, con el objetivo de que la industria tabacalera tenga un plazo prudencial para adecuarse a las nuevas condiciones.


 


Entre estas disposiciones se establece que los centros laborales privados, restaurantes, cafés, bares, hoteles y centros de entretenimiento no pueden establecer una zona para fumadores que exceda el 20% del área designada para la atención al público.


 


Asimismo se prohíbe que  en las cajetillas de cigarrillos se consignen términos como ligero, suave, *light*, *ultralight* u otros que sugieran que el producto es menos nocivo, y en cambio es de carácter obligatorio que en una de sus caras principales, en un espacio no menor al 50%, se incluyan advertencias como «El humo de tabaco daña a tu bebé», «Fumar ocasiona abortos», «La nicotina es altamente adictiva».


 


Asimismo se establece que en seis meses también estará prohibida su publicidad en radio, televisión y páginas web, así como en cualquier prenda de vestir.


 


Se informo que el cumplimiento de estas disposiciones será supervisado por las autoridades municipales de cada jurisdicción, en tanto que corresponderá al Ministerio de Salud, MINSA, realizar  una vigilancia sanitaria y coordinar programas de prevención para la lucha antitabaco.