El servicio de recojo de residuos sólidos no dejará de funcionar durante la inmovilización social obligatoria de los domingos, en virtud de lo establecido mediante el Decreto Supremo n.° 139-2020-PCM, que determina qué personas podrán movilizarse a partir de este domingo 16 de agosto, cuando se implemente la inmovilización social obligatoria a nivel nacional; ello como una medida dispuesta por el Gobierno para detener los contagios por COVID-19 en el Perú.
Dicha norma modifica el Decreto Supremo N° 116-2020-PCM, que establece las medidas que debe observar la ciudadanía en la nueva convivencia social y prorroga el Estado de Emergencia Nacional por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia de COVID-19, modificado por los Decretos Supremos N° 129-2020-PCM y N° 135-2020-PCM.
Se precisa que en la inmovilización social obligatoria, “se exceptúa el personal estrictamente necesario que participa en la prestación de los servicios de abastecimiento de alimentos, salud, medicinas, servicios financieros, servicio de restaurante para entrega a domicilio (delivery), la continuidad de los servicios de agua, saneamiento, energía eléctrica, gas, combustibles, telecomunicaciones y actividades conexas, limpieza y recojo de residuos sólidos, servicios funerarios, transporte de carga y mercancías y actividades conexas, actividades relacionadas con la reanudación de actividades económicas, (…)”.
En ese marco, el Ministerio del Ambiente (Minam) hizo un llamado a las empresas para que incrementen el uso de empaques y envases biodegradables en los servicios de entrega a domicilio (delivery).
Asimismo, se establece que el día domingo “la inmovilización social obligatoria es para todos los ciudadanos a nivel nacional durante todo el día hasta las 4:00 horas del día siguiente”, informó el Minam a INFOREGIÓN.