El Ministerio de la Producción (Produce) emitió la norma que modifica el Reglamento de Ordenamiento Pesquero de este recurso con el fin de perfeccionar el ordenamiento pesquero del atún, promover su aprovechamiento racional y sostenido, así como el desarrollo de la industria pesquera.
El Decreto Supremo N° 026-2016-PRODUCE, publicado en el diario oficial El Peruano, señala que la medida comprende a los armadores de embarcaciones de bandera extrajera, sus representantes, y a las personas naturales y jurídicas asociadas a la actividad pesquera del atún.
Según el dispositivo, cuando el armador de la embarcación pesquera atunera de bandera extranjera solicita permiso de pesca, éste quedará sujeto a la entrega como mínimo del treinta por ciento (30%) de lo que capture durante la vigencia de su autorización, e igual porcentaje para cada renovación.
En cuanto a las obligaciones, las embarcaciones pesqueras extranjeras –antes de iniciar sus operaciones en aguas peruanas- deben arribar a puerto peruano para la verificación correspondiente por parte de la autoridad marítima, la cual no otorgará el zarpe a aquellas que carezcan del permiso o de su renovación vigente.
La norma señala que el Viceministerio de Pesca y Acuicultura está a cargo del control de las autorizaciones de incremento de flota, así como de los permisos de pesca y monto de los derechos, entre otros aspectos.
Cabe precisar que el Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Atún tiene como objetivo la promoción y el desarrollo de la pesquería de atunes, mediante la conformación y crecimiento progresivo de una flota atunera nacional especializada con sistemas de preservación a bordo.