Con el fin de acabar con la impunidad, la Procuraduría Anticorrupción planteó adecuar las normas vigentes para que los delitos por corrupción no prescriban en el caso de los procesados que se encuentren en calidad de no habidos o fugados.
Así, el abogado del Estado peruano, Pedro Gamarra, se mostró a favor de la propuesta legislativa que presentará próximamente al Congreso de la República el presidente del Poder Judicial, Francisco Távara, para que los delitos por corrupción no prescriban.
De acuerdo con la propuesta del Poder Judicial, se debe modificar el artículo 41 de la Carta Magna, para que los delitos por corrupción no prescriban. Távara señala que los plazos de prescripción sólo se duplican en los casos de delitos cometidos contra el patrimonio del Estado.
Las normas actuales establecen que los delitos por corrupción no prescriben sólo para quienes han sido declarados reos contumaces, que son aquellos encausados que no se presentan a los procesos, pese a tener conocimiento de una acusación.
Por este motivo, Gamarra manifestó que existe la necesidad de modificar las leyes vigentes a fin de que los que están no habidos o fugados también puedan seguir siendo procesados apenas sean ubicados.
El abogado indicó que muchos casos se terminan por el tema de la prescripción. “lo que en mi opinión es un manto de impunidad, por eso es que se puede solicitar la adecuación de las normas en el caso de que las personas se fuguen del país o estén en calidad de no habidos, en estos casos es necesario que se suspendan los plazos hasta que las personas estén habidas”.
En declaraciones a la agencia Andina, pidió corregir dentro de nuestro Código Penal o del Código de Procedimientos Penales que nos permitan que esas personas sigan siendo perseguidas y que el hecho de haberse fugado, escapado o escondido no se cubra con la impunidad que hasta ahora se viene dando”.
Con respecto a la propuesta del Poder Judicial para que los pedidos de extradición sólo los resuelva este poder del Estado, el procurador anticorrupción sostuvo que siempre es necesario que haya un “control de las resoluciones judiciales, papel que cumple en la actualidad el Ministerio de Justicia para estos casos”.