Desde el primero de julio, la presentación de los instrumentos de gestión ambiental para su evaluación por la Dirección General de Asuntos Ambientales Mineros (DGAAM) se realizará solo por internet, según dispone la Resolución Ministerial Nº 270-2011, publicada en el Diario Oficial El Peruano.
El propósito de esta norma es aprobar el Sistema de Evaluación Ambiental en Línea (SEAL), a efecto de uniformizar los procedimientos de evaluación y certificación ambiental a través de la presentación vía internet de los instrumentos de gestión ambiental aplicables a la mediana y gran minería.
Para presentar la solicitud de evaluación de los instrumentos de gestión ambiental, se utilizarán los formularios electrónicos que se encuentran publicados en la página web del Ministerio http://extranet.minem.gob.pe en el módulo: Sistema de Evaluación Ambiental en Línea (SEAL).
Es necesario consignar el número del Registro Único de Contribuyente del usuario y su clave secreta (password), gestionada previamente de acuerdo al anexo I de la Resolución Directoral 125-2006-MEM/DGM.
Los pagos por derecho de trámite se realizarán en las cuentas autorizadas o en la caja del MEM y deberán ser consignadas en el SEAL, después de haber generado el número de expediente, para que se pueda dar por iniciado el trámite respectivo.
Procesos a la vista
Solo a requerimiento de la DGAAM, el titular minero presentará información impresa de los instrumentos de gestión ambiental. Es responsabilidad del titular o de su representante legal debidamente acreditado, el contenido y el registro o modificación de la información requerida durante la tramitación en el SEAL.
La evaluación y el otorgamiento de la Certificación Ambiental para la Mediana y Gran Minería será realizada por la DGAAM utilizando el SEAL y el correo electrónico consignado por el titular minero.
Asimismo, la tramitación y evaluación de los instrumentos ambientales, el traslado de observaciones y el levantamiento de las mismas, así como las notificaciones a los titulares mineros y el ingreso de información se realizará utilizando el SEAL dentro de los plazos establecidos.
La norma indica que la DGAAM no considerará documentos impresos recibidos durante la evaluación con contenidos distintos a los registrados en el SEAL.
La implementación del SEAL se iniciará con los instrumentos de gestión ambiental para las categorías I y II de la mediana y gran minería.
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