Poder Ejecutivo oficializa modificaciones a la Ley de Pérdida de Dominio

El Poder Ejecutivo oficializó hoy las modificaciones a la Ley de Pérdida de Dominio, que anula los derechos de propiedad sobre bienes de procedencia ilícita y que hayan sido incautados por el Estado, en el marco de la lucha contra el narcotráfico y el crimen organizado. 


Entre las modificaciones de la norma, publicada hoy en el diario oficial El Peruano, se establece que la carga de la prueba relacionada con la acreditación de la procedencia ilícita de los bienes, corresponde al Ministerio Público. 


«La adquisición o destino de bienes obtenidos ilícitamente no constituye un justo título, salvo en el caso del tercero adquiriente de buena fe», indica la ley. 


Asimismo, señala que la pérdida de dominio se rige por el principio de presunción de licitud de los bienes que aparecen inscritos en los Registros Públicos, que podrá ser desvirtuada mediante la actuación de prueba idónea.


La pérdida de dominio no se encuentra únicamente referida a la afectación del patrimonio, sino que está destinada a la legítima protección del interés público en beneficio de la sociedad, el bien común y la buena fe. 


El Congreso de la República aprobó semanas atrás un texto consensuado que modifica el Decreto Legislativo 992, por el cual se establece la figura de la pérdida de dominio, salvando de esta manera todos los cuestionamientos de inconstitucionalidad que se habían formulado contra la norma. 


El presidente del Poder Judicial, Francisco Távara, saludó recientemente la modificatoria de la norma  y resaltó que el Parlamento haya optado por modificar la ley para eliminar cualquier viso de inconstitucionalidad y convertirla en una herramienta eficiente de lucha contra el crimen organizado. 


Pese a las modificaciones y la aprobación de la mayoría de los sectores, la congresista nacionalista y ex dirigente cocalera Nancy Obregón anunció la presentación de una demanda de inconstitucionalidad contra el dispositivo por considerar que la norma afecta el derecho a la propiedad.


Sin embargo, constitucionalistas como César Valega consideraron que dicha demanda sería de inmediato desestimada por el Tribunal Constitucional porque los bienes adquiridos «ilegítimamente», el Estado puede desposeerlos al haber sido comprados con dinero mal habido.


En tal sentido, afirmó que la ley aprobada en el Parlamento protege a los bienes que sólo son comprados de manera legal.