Los ciudadanos que proporcionen información veraz y oportuna que permita la captura de mandos terroristas serán recompensados de ahora en adelante, así lo señala el Decreto Supremo N°033-2009-PCM, que establece un Sistema de Recompensas a cargo de una Comisión Evaluadora del Beneficio que funcionará adscrita a la Presidencia del Consejo de Ministros.
El referido grupo – indica la norma – estará presidido por un representante de la PCM, e integrada por uno de los Ministerio de Defensa; Interior, Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, la Dirección General de la Policía Nacional y de la Oficina de Asesoría Jurídica de la PCM, quien actuará como Secretario.
Señala que la información que proporcione el ciudadano deberá ser entregada por cualquier medio al personal militar de las Fuerzas Armadas o a la Policía Nacional, del mismo modo tiene que ser veraz, oportuna y debe permitir la captura del terrorista.
Flores – Aráoz destaca sistema de recompensas
Sobre el tema, el ministro de Defensa, Ántero Flores-Aráoz, destacó el sistema de recompensas al señalar que el dinero que se destine para este fin es menor al requerido para movilizar tropas que enfrenten a los remanentes terroristas. Precisó, en ese sentido, que la estrategia es ahorradora y salva vidas.
De acuerdo con el dispositivo legal, el informante podrá solicitar un seudónimo a la Comisión Calificadora Evaluadora, la cual, previa evaluación, le asignará un código secreto que permitirá su posterior identificación para otorgamiento de la recompensa.
En las zonas de emergencia, corresponderá a las autoridades militares o policiales recibir la información proporcionada por los ciudadanos, asignar un seudónimo al colaborador y dejar constancia mediante del hecho mediante un acta, precisa el documento.
Añade que la PCM, teniendo en cuenta el riesgo a la seguridad e integridad de la persona, podrá solicitar al Ministerio del Interior protección policial u otras medidas de seguridad para el beneficiado. Entre tanto, agrega que el ciudadano que haya proporcionado la información para la captura del terrorista podrá solicitar el beneficio dentro de los 90 días posteriores a la captura a través de la unidad militar o policial a la que se acercó.
Escala de recompensas
El Decreto Supremo detalla que el pago de la recompensa se realizará conforme a una escala en relación al rol que desempeñan los mandos terroristas dentro de su organización y a su participación en el planeamiento y ejecución de las acciones subversivas. Así, explica, que si el terrorista tiene un mando político y militar, la recompensa máxima será de S/. 500 mil, y si tiene un mando logístico o de compañía terrorista será de S/. 300 mil.
Asimismo, excluye de esto beneficios al personal militar y policial en situación de actividad y de disponibilidad.
La Comisión Calificadora de Otorgamiento de Beneficio de Recompensas se encargará de evaluar y recomendar la procedencia o no de las solicitudes de otorgamiento del beneficio de recompensas que permita la captura de los mandos terroristas, puntualiza.
Finalmente, la norma señala que los ministerios de Defensa y del Interior efectuarán la difusión de los nombres y de los seudónimos de los mandos terroristas requisitoriados, así como de las recompensas ofrecidas según lo acordado por la Comisión Calificadora.
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