Los taladores ilegales de árboles deben recordar que esta infracción contra la legislación forestal puede ser sancionada con una multa entre 0.1 Unidad Impositiva Tributaria (360) y 600 UITs (S/. 2´160,000).
El Ministerio de Agricultura (MINAG) advierte que esta extracción, así como el transporte y comercio de productos maderables, sin los documentos que los amparen, pueden ser sancionados con el decomiso de la madera talada ilegalmente y de las herramientas utilizadas.
El MINAG a través de la Dirección General Forestal y de Fauna Silvestre informa además, que si la infracción es cometida por el propietario del título habilitante procede también la suspensión temporal de su actividad, revocatoria de la autorización, permiso o licencia; resolución del contrato o inhabilitación temporal o permanente para obtener alguna modalidad de aprovechamiento forestal o de fauna silvestre, en los casos que establece el Reglamento de la Ley Forestal.
Segùn pudo conocer INFOREGION, el ministerio está realizando verificaciones de campo, a los planes operativos anuales que consideren el aprovechamiento del cedro y la caoba, consideradas como especies protegidas, con la finalidad de asegurar la exportación de productos legalmente obtenidos.
A través de los puestos de control se verifican la correspondencia entre lo declarado en las guías de transporte forestal y la madera movilizada.
El MINAG mantiene una coordinación permanente con la Fiscalía, Policía Nacional del Perú y Gobiernos Regionales para la realización de los operativos a nivel nacional.
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