Los pueblos indígenas del Perú serán consultados en las actividades mineros energéticos que desarrolle el Estado. Esto después que el Ministerio de Energía y Minas (MINEM) publicara en su página web este reglamento especial.
“Proyecto de reglamento de consulta a los pueblos indígenas para las actividades minero energéticos” es el nombre de la publicación del MINEM, el cual recibirá comentarios y sugerencias sólo hasta el 04 de noviembre del presente año.
Dicha publicación tras la sentencia del Tribunal Constitucional Peruano (TC) (30 de junio de 2010) que ordenaba al MINEM a que, dentro del marco de sus competencias, emita un reglamento especial que desarrolle el derecho a la consulta de los pueblos indígenas, de conformidad con los principios y reglas establecidos en los artículos 6.1, 6.2 y 15.2 del Convenio 169 de la OIT.
Al respecto, Derecho, Ambiente y Recursos Naturales (DAR) consideró que el reglamento debe ser sometido a un adecuado proceso participativo, que incluya necesariamente a las Organizaciones representativas de los pueblos indígenas y asegure la inclusión de sus aportes.
Asimismo, este proceso también deberá permitir la participación de la Sociedad Civil en general, para contribuir con la propuesta normativa y asegurar que se hayan incorporado los principios establecidos en el Convenio 169 de la OIT, la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas y otros instrumentos internacionales de derechos humanos.
La pre-publicación en la página web del MINEM puede ser considerado como un mecanismo de participación ciudadana, pero no remplaza el proceso de participación y consulta que debe realizar el MINEM con las organizaciones representativas de los Pueblos Indígenas.
El proceso de consulta debe caracterizarse por su carácter previo, libre y porque la información se entregue de manera adecuada y oportuna.
Además, se debe garantizar el cumplimiento de los principios mínimos de todo proceso de consulta: flexibilidad, interculturalidad, buena fe, oportunidad, transparencia y representatividad.
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