El Ministerio del Ambiente (Minam) advirtió que la aprobación de los proyectos de Ley n.° 399 y n.° 657, que pretenden postergar el cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Ley n.° 30884, implicaría un grave retroceso en materia de protección ambiental frente a la contaminación plástica, lo que, consecuentemente, incrementaría el riesgo de afectación a la salud de la población.
Asimismo, ello colisionaría con los diversos compromisos internacionales asumidos por el Perú, como son la Declaración Presidencial de la Alianza del Pacífico sobre la Gestión Sostenible de los Plásticos y el Acuerdo Global de la Nueva Economía del Plástico; y se opondría al liderazgo internacional expresado por el Perú con la propuesta de establecer un “Acuerdo Global para combatir la basura marina y la contaminación por plásticos”, que actualmente está en proceso y cuenta con el respaldo de más de 40 países.
Además, de no actuar de forma efectiva, el promedio anual de plástico que ingresaría al ambiente, en particular al océano, podría triplicarse y pasar de entre 9 y 14 millones de toneladas (en 2016) a una proyección de entre 23 y 37 millones de toneladas para el 2040.
La posición del Minam se sustenta en evidencia científica que existe sobre el impacto negativo de la basura plástica y su grave afectación en la mayoría de los servicios ecosistémicos para el bienestar de la población, particularmente en la provisión segura de recursos hidrobiológicos, en actividades de recreación y en el valor patrimonial de los recursos naturales.
También existe una gran preocupación asociada a los micro plásticos, que por su pequeño tamaño pueden ser fácilmente consumidos por las personas y los animales, tal como lo revela un estudio del Instituto de Investigaciones de la Amazonía Peruana (IIAP). Este tipo de componentes poseen una fuerte resistencia a la biodegradación, quedándose en el ambiente durante un largo período después de su liberación inicial, mientras que su fragmentación progresiva a nano plásticos hace que su eliminación del ambiente sea casi imposible.
Ley participativa y consensuada
Frente al grave problema de contaminación por basuras plásticas, luego de un importante diálogo nacional, se promulgó la Ley n.° 30884, que regula el plástico de un solo uso y los recipientes o envases descartables, para contribuir a la reducción de los impactos negativos de la basura plástica en nuestro mar, ríos y lagos, así como diversos ecosistemas terrestres afectados.
Dicha norma legal y su reglamento establecieron las metas, plazos y responsabilidades que se han venido implementando progresivamente para enfrentar la problemática descrita. Cabe destacar, que, pese a las limitaciones derivadas de la pandemia de la COVID-19, se han identificado diversos esfuerzos por parte del sector privado, que ha adecuado sus procesos productivos con responsabilidad ambiental poniendo en el mercado, y al alcance de los consumidores, bienes alternativos al plástico de un solo uso.
¿Qué impulsan los proyectos cuestionados?
-Es preciso recordar que el proyecto de Ley 399/2021-CR busca prorrogar por dos años adicionales la entrada en vigor de la prohibición sobre la fabricación, importación, distribución, entrega, comercialización y uso de envases de tecnopor para alimentos y bebidas según lo señala la Ley 30884. La iniciativa legislativa tiene como antecedente el proyecto de Ley 6101/2020-CR, que buscaba suspender la vigencia de la Ley 30884, aduciendo razones sanitarias, las cuales fueron desvirtuadas en su momento
-En tanto, el Proyecto de Ley 657-2021/CR propone prorrogar la transición de entrega de bolsas no reciclables por bolsas reutilizables hasta el 31 de diciembre del 2022. Además, plantea aplazar la entrada en vigencia de la prohibición de fabricación de insumos plásticos hasta el 31 de diciembre del 2023. Sin embargo, la fecha inicial para la puesta en marcha de ambas medidas es el 20 de diciembre de este año.
Fuentes:
Minam, Oceana, Actualidad Ambiental