A pocos días de finalizar la conformación de listas de aspirantes al Congreso de la República (período 2016-2021), la Defensoría del Pueblo recordó a las agrupaciones políticas participantes que sus listas deberán estar integradas en un 30% –como mínimo- por mujeres o varones, según la Ley Orgánica de Elecciones.
Se informó a INFOREGIÓN que los partidos políticos deberán culminar el proceso de selección interna de sus candidatos y candidatas al Poder Legislativo y al Parlamento Andino, el próximo 20 de enero. Posteriormente, deberán inscribir sus listas parlamentarias ante el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) hasta el 10 de febrero.
Al respecto el defensor del Pueblo, Eduardo Vega, dijo que “es necesario que las organizaciones políticas cumplan con esta norma de cuota de género para garantizar la participación política de las mujeres y el acceso a la función pública en condiciones de igualdad”.
Como se recuerda, en el año 2000 se estableció la cuota de género en las listas parlamentarias. Si bien las mujeres registraron avances en el acceso al derecho a ser elegidas su participación aun es limitada en cargos de elección popular. En las elecciones generales del 2011 solo se eligieron a 28 mujeres congresistas (21.53% de los 130), mientras que en las elecciones generales de 2006 se eligieron a 35 (29% de 120).
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