La Ley del Arresto Ciudadano es una nueva facultad a disposición de la ciudadanía para colaborar con los efectivos policiales y que permitirá reducir la inseguridad a nivel nacional, sostuvo el adjunto para Asuntos Constitucionales de la Defensoría del Pueblo, Fernando Castañeda, quien explicó que la norma sólo procede cuando hay flagrancia de delito, es decir, en el mismo momento en que se percibe un hecho delictivo.
En diálogo con INFOREGIÓN, precisó que la medida requiere de una adecuada difusión a nivel de las instituciones competentes a fin de que la ciudadanía conozca los beneficios y los perjuicios de su utilización.
“Esta norma no es obligatoria y el ciudadano deberá valorar y evaluar el hecho delictivo para ver si debe intervenir o no, de acuerdo a sus posibilidades, y así no poner en riesgo su integridad física”, comentó.
En otro momento, indicó que la Ley del Arresto Ciudadano sólo está pensada en un ámbito reducido, “a nivel de delitos patrimoniales menores como hurto de celulares, carteras, y otros”.
Castañeda manifestó que esta figura requiere mayor difusión en Lima, donde un reciente estudio dio como resultado que el 69% de la población de la capital no esta informada sobre el arresto ciudadano, para qué sirve y acerca de los límites que tiene.
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