Las Áreas Naturales Protegidas: «Conservación y desarrollo sostenible del país»

En los últimos 15 años, se ha incrementado la presentación y ejecución de proyectos de infraestructura, actividades productivas y obras de todo tipo en las Zonas de Amortiguamiento (ZA) y/o al interior de las Áreas Naturales Protegidas (ANP), situación que nos ha llevado a reflexionar y analizar con el apoyo de otros sectores del Estado la armonía que debe existir entre la conservación y el desarrollo de actividades económicas.

Estos dos elementos constituyen las dos caras de una misma moneda, Desarrollo y Conservación deben ir de la mano para conseguir logros comunes con una visión de futuro que permita el cierre de las brechas de infraestructura de servicios en pro del desarrollo y bienestar de los ciudadanos.

Todo esto enmarcado en la legislación actual que reconoce la protección de las ANP y garantiza a los inversionistas el desarrollo de sus actividades, pero sin dejar de lado el componente ambiental, conjuntamente con el económico y social, que estimula el equilibrio legítimo entre desarrollo, conservación y beneficio para todos los ciudadanos sin generar prevalencia de uno u otro aspecto sobre los demás.

El aprovechamiento sostenible de los recursos naturales y/o la habilitación de infraestructura al interior de las ANP o sus ZA, se regula a través de una herramienta desarrollada y que viene siendo actualizada por el Sernanp: la Opinión Técnica Previa Vinculante (OTPV) o de Compatibilidad. Herramienta que analiza la posibilidad de concurrencia de que una propuesta de actividad sea compatible con respecto a los objetivos de creación, su Plan Maestro, la zonificación del ANP y los impactos que podrían causar sobre el ANP en el caso de que la misma se desarrolle en la ZA. Sin dejar de cumplir la premisa de que las actividades que se realicen no pongan en riesgo la integridad de estos espacios naturales.

La OTPV o de Compatibilidad es un requisito previo a las opiniones que emite SERNANP en el marco del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA).  Una vez emitida la Compatibilidad, corresponde al Sernanp, opinar respecto a los Términos de Referencia (TdR) de los Instrumentos de Gestión Ambiental y luego sobre los referidos instrumentos a través de la Opinión Técnica Previa Favorable (OTPF).

El Sernanp a través de la Unidad Operativa Funcional de Gestión Ambiental, en estrecha coordinación con todos los sectores del Estado y la activa participación del sector privado, ha emprendido este gran desafío, estableciendo primero este mecanismo que permita atender esta clase de temas especializados, para luego desarrollar y fortalecer las capacidades técnicas de los funcionarios encargados de esta formidable tarea.

Esto ha permitido, hasta el momento, atender a la fecha cinco mil solicitudes de opiniones técnicas, en los plazos de Ley, coadyuvando con ello a que se viabilice el desarrollo de proyectos de inversión y garantizando que sus intervenciones no afecten el estado de conservación de nuestras ANP: Patrimonio de la Nación y herencia de todos los peruanos.