La solución al conflicto indígena pasa por una decisión política del presidente Alan García

El presidente de la Comisión de Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuanos, Ambiente y Ecología, Róger Nájar, dijo que en su opinión, la Comisión de Constitución no derogará los DL Nº Nº 994, 1064, 1020, 1080, 1081, 1089, 1090, 1060 y 995, como se ha recomendado, por lo que es el presidente de la República, Alan García, quien debe decidir solucionar el conflicto indígena amazónico que lleva más de un mes.

“Yo estoy casi seguro que no van a derogara estos decretos forestales (como sugirió la comisión de la congresista Gloria Ramos), y así lo han expresado en el debate y en todos lados. Me parece que la salida es política, la lucha que se ha desarrollado es una lucha política y sigue pendiente”, enfatizó el parlamentario.

Así, en el programa Diálogo Ambiental de INFOREGIÓN, agregó que “la solución tiene que venir desde el gobierno, si el gobierno dice que se deroguen los DL el parlamento tendrá que aceptarlo, porque hay que entender que este Congreso, por más que se diga que tiene autonomía, en el fondo la mayoría derechista ha hecho de este Congreso una mayoría de parte del presidente García”.

Retroceso en lucha indígena
Nájar Kokally dijo que tal como se ha aprobado el informe con la modificatoria de “evaluar” en lugar de “dictaminar”, ya no existe un mandato imperativo para que la Comisión de Constitución dictamine la derogatoria, sino solo para que evalúe la posibilidad, que son dos cosas distintas, y “ahí ha habido un retroceso”.

“La recomendación inicial era dictaminar sobre la derogatoria de varios decretos legislativos, y se ha borrado la palabra dictaminar por otra que señala evaluar, con eso se ha desvirtuado el mandato de derogatoria para que se haya relativizado el trabajo de esta comisión”, refirió.

Dejó claro que su apreciación personal es que estos decretos deben ser derogados, pues, sean constitucionales o no, estos DL violan y vulneran derechos de los pueblos indígenas, como en el caso del DL 1064, donde se han borrado de la ley dos aspectos fundamentales.

“Una es la Consulta Previa que establece el Convenio 169 de la OIT (Organización Internacional para el Trabajo) y con ese decreto queda nula toda consulta previa para que empresas mineras o petroleras cuando se trate de aprovechamiento de recursos naturales no estén obligados a hacer ninguna consulta”, precisó.

Dijo además que en este decreto se elimina también el derecho de servidumbre, es decir, cualquier empresa que entre a trabajar recursos naturales en propiedad comunal no está obligada a pagar ningún derecho de servidumbre.

“Entonces, el DL 1064 se ha convertido en un decreto que sí vulnera a los pueblos indígenas, por eso debe ser derogado y restituido ese derecho a los pueblos indígenas y comunidades andinas y campesinas, y todo aquel que tenga una propiedad”, finalizó Róger Nájar.