JEE: Declaran improcedente candidatura de Julio Guzmán y excluyen a César Acuña

El Jurado Electoral Especial (JEE) Lima Centro 1 decidió excluir esta mañana a César Acuña, candidato presidencial de Alianza para el Progreso (APP). Además, el mismo ente electoral declaró improcedente la inscripción de la plancha presidencial de Todos por el Perú, la cual encabeza Julio Guzmán.

En el caso de Acuña, el JEE declaró que el líder de APP violó la Ley de Partidos Políticos al entregarle S/10.000 a un grupo de comerciantes de un mercado de Chosica en febrero.

«Se aprecia evidentemente que el candidato presidencial César Acuña Peralta incurrió en la conducta prohibida en el artículo 42 de la Ley de Organizaciones Políticas, toda vez que prometió y ofreció dinero en un acto proselitista de la alianza electoral Alianza para el Progreso del Perú».

Por su parte, en el caso de Julio Guzmán, el JEE declaró fundadas todas las tachas presentadas la semana pasada contra la plancha presidencial de Todos por el Perú. En aquellas tachas se expuso que Guzmán quedaba invalidado como candidato de su partido al ser designado por un tribunal interno no inscrito en el Registro de Organizaciones Políticas (ROP).

«La resolución que admitió a trámite la inscripción de la fórmula de Todos por el Perú no tuvo en cuenta que la asamblea del 20 de enero de 2016 no tenía facultades para convalidar la designación del Tribunal Nacional Electoral que llevó a cabo el proceso de elecciones internas», precisó el JEE.

Asimismo, Guzmán aseguró que marchará pacíficamente como protesta por el fallo del JEE. Por su parte, Acuña confirmó que apelará la decisión del ente electoral. Se supo que ambos tienen tres días naturales (sábado, domingo y lunes) para apelar dichos fallos ante el pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE).

Para ver las resoluciones del JEE sobre la exclusión de César Acuña (APP) y de Julio Guzmán (TPP) te invitamos a descargar los siguientes enlaces:

Exclusión de Acuña: EXP043-2016-M-Res24 Acuña

Improcedencia de Guzmán: RES019-2016-TPP