IPYS y ANP rechazan fallo del Tribunal Constitucional

Ante el fallo del Tribunal Constitucional, que prohíbe a los medios de comunicación la divulgación de conversaciones telefónicas interceptadas o ‘chuponeadas’, sin el consentimiento de los involucrados, tanto el Instituto de Prensa y Sociedad (IPYS) como la Asociación Nacional de Periodistas del Perú (ANP) se pronunciaron rechazándolo por atentar contra la libertad de expresión.

IPYS asegura que se trata de un pronunciamiento impertinente en materia de libertad de expresión y que el Tribunal Constitucional (TC) se extralimitó sobre sus competencias.

Informa que al TC no se le pidió resolver si los medios de comunicación tienen amparo constitucional para difundir audios de interés público obtenidos ilícitamente por terceros.

En comunicado, IPYS recordó que la calificación de un hecho como ilícito la define el Código Penal y los jueces penales ordinarios, nunca el TC, que es un juez constitucional.

No impunidad, no corrupción

Por su parte la ANP expresó su más enérgica protesta ante lo que han considerado la aplicación de la “ley de la mordaza”.

Cita el artículo 2 inciso 4 de la Constitución Política del Estado que consagra el derecho de toda persona a la libertad de información, opinión, expresión y difusión del pensamiento mediante la palabra oral  o escrita o a la imagen.

Según la ANP, el fallo viola la competencia del Poder Legislativo y resulta por lo demás, atentatorio a bases fundamentales del estado democrático de derecho, por cuanto, no respeta el principio del equilibrio y controles mutuos de los poderes del Estado.

Finalmente la ANP llamó a cerrar filas a los periodistas de todo el país, en circunstancias muy especiales, cuando la corrupción, el narcotráfico, el crimen organizado y el irrespeto a los derechos fundamentales de la persona humana se van apoderando impunemente de la vida política, social y económica del país.

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