La Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble del Ministerio de Cultura (Mincul) determinó «la Protección Provisional del Paisaje Arqueológico Camino Inca Taparako-Huamanin, ubicado en el distrito de Llata, provincia de Huamalíes, departamento de Huánuco, por el plazo de dos años, prorrogable por el mismo periodo, salvo se identifique afectación directa a los derechos colectivos de pueblos indígenas u originarios; en cuyo caso, el plazo máximo para la declaración y delimitación definitiva del bien es de tres años calendario, prorrogable por el mismo periodo».
La medida se consagra en la resolución directoral N° 000018-2022-DGPA/MC, que el 12 de marzo fuera publicada en el diario oficial El Peruano. Además, en su artículo segundo la norma establece medidas preventivas para implementar la protección del camino inca mencionado: Se notificará a los presuntos infractores de la afectación que ocasionaron al camino inca; hecho que sucedió en obras vinculadas a tender un camino vecinal. Además, se dispuso la señalización de la zona a proteger.
La norma, además, dispuso que sea la Dirección Desconcentrada de Cultura Huánuco la entidad encargada de la determinación y ejecución de las medidas indicadas, así como también de las acciones de control y coordinación institucional e interinstitucional necesarias. Se dispuso, también, a la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal, gestionar acciones para la identificación, declaración y delimitación de los bienes comprendidos en el régimen de protección provisional, como la coordinación con el órgano competente del Mincul para la identificación de pueblos indígenas y el análisis de posibles afectaciones a sus derechos colectivos.