El Gobierno Central es la entidad encargada de realizar la distribución de los recursos económicos del canon hacia los departamentos del país donde se encuentran las empresas mineras que realizan actividades extractivas.
Por lo tanto, “el canon minero no es un impuesto ni tampoco es una transferencia directa que hagan las empresas mineras hacia los gobiernos locales”. Así lo informó Dante Cruz, quien es coordinador regional del proyecto Pro Participación del Grupo Propuesta Ciudadana.
Precisó que el canon no es un tributo que pagan las empresas mineras, sino una redistribución del 50% del Impuesto a la Renta que estas pagan como resultado de sus utilidades. “Diríamos como si ahora saliera una nueva ley que dijese que el 50% del IGV que se paga se distribuirá a una determinada región. Es decir, no se está creando un nuevo impuesto”, dijo a modo de ejemplo.
El Impuesto a la Renta es un pago que realizan las empresas mineras como cualquier negocio que rinde cuenta de sus utilidades. Cruz remarcó que el porcentaje del Impuesto a la Renta declarado por las empresas mineras para ser distribuido en el departamento donde laboran es captado por la por la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat).
Recordó que la Ley del Canon se expidió en el año de 2001 durante la gestión presidencial de Valentín Paniagua. Años después, desde el 2004, a raíz del aumento de los precios de los metales es que se empezó a sentir con más fuerza los alcances de esta distribución de recursos.
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