El Ejecutivo, en el marco de las facultades legislativas otorgadas por el Congreso de la República, promulgó el Decreto Legislativo N° 1291 donde crea las herramientas para la lucha contra la corrupción en el sector Interior, en la búsqueda de lograr una gestión transparente y confiable.
La norma, publicada en el diario oficial El Peruano, consta de cinco títulos, veinte artículos, una disposición complementaria final y una disposición complementaria transitoria y está firmada por el presidente Pedo Pablo Kuczynski; por el presidente del Consejo de Ministros, Fernando Zavala; y por el ministro del Interior, Carlos Basombrío.
Se registra la obligación de oficiales y suboficiales de la Policía Nacional del Perú de presentar una declaración jurada de ingresos, bienes y rentas, siendo la Inspectoría General de la PNP, el órgano responsable de garantizar se realice el registro de dichas declaraciones; la Oficina General de Integridad Institucional verificará la información contenida en las Declaraciones Juradas de Bienes y Rentas.
Pruebas de control y confianza para el personal del sector Interior están estipuladas en el título tercero de la norma, mediante la utilización del polígrafo u otros medios tecnológicos que buscan evaluar el comportamiento laboral. Cabe señalar que se trata de una prueba voluntaria y deberá contar con la autorización expresa del personal seleccionado para pasar la misma.
En referencia a la rendición de cuentas al ciudadano y prueba de integridad se realizarán de manera trimestral y es responsabilidad del Jefe de Región Policial, Frentes Policiales o Direcciones Especializadas supervisar el cumplimiento de las rendiciones de cuentas dentro de su jurisdicción. La medida se hará efectiva mediante audiencias públicas con la participación de autoridades y la sociedad civil.
En tanto, la Prueba de Integridad busca determinar si el personal policial en actividad o el servidor civil del sector Interior tiene una conducta íntegra, proba, honrada, incorruptible e insobornable en sus acciones cotidianas, de manera libre y espontánea.
Además, se dice que el personal policial que ejerza la Especialidad de Control Administrativo Disciplinario contará con incentivos, como una bonificación por función administrativa y de apoyo operativo efectivo en el marco del Decreto Legislativo 1132; vacantes exclusivas en los procesos de ascenso para cubrir las necesidades de la especialidad; entre otras prerrogativas.
En tanto que la disposición complementaria final señala que mediante Decreto Supremo del Ministerio del Interior, en un plazo de 90 días, se establecerán los procedimientos y normas reglamentarias que resulten necesarias para implementar las presentes disposiciones.