El Poder Ejecutivo aprobó la estrategia para la implementación y ejecución de servicios y acciones para la protección y atención de los pueblos indígenas u originarios, en el marco de la emergencia sanitaria declarada por el Covid-19.
Se trata del Decreto Legislativo Nº 1489, el cual organiza las acciones que viene desarrollando el gobierno nacional, en coordinación con los gobiernos regionales y locales, en cinco ejes de acción:
1. Respuesta Sanitaria: El Ministerio de Salud dirigirá el diseño de medidas orientadas a prevenir y responder a la propagación del covid-19 en ámbitos geográficos donde habitan pueblos indígenas, en coordinación con organizaciones representativas de los pueblos originarios. Esto involucra diagnóstico de casos, vigilancia epidemiológica y acciones de prevención en localidades indígenas, entre otras.
2. Control territorial: La policía nacional y las fuerzas armadas se encargarán de dirigir y coordinar las acciones para reforzar las medidas de control y supervisión del tránsito fluvial y terrestre en ámbitos donde habitan pueblos indígenas, así como de prevenir el ingreso de personas que los pongan en riesgo.
3. Abastecimiento de bienes de primera necesidad: El Ministerio de Cultura se encargará de identificar a las localidades de pueblos indígenas u originarios en situación de vulnerabilidad para la entrega de productos o alimentos de primera necesidad, en el marco del Decreto que faculta al Programa Qali Warma a proporcionar excepcionalmente alimentos para personas en situación de vulnerabilidad.
4. Información y alerta temprana: El Ministerio de Cultura y Ministerio de Salud se encargan de dirigir las acciones para fortalecer la estrategia de comunicación y difusión de información relevante y culturalmente adecuada sobre la prevención del covid-19 y establecer de manera coordinada mecanismos de monitoreo y alerta de la situación sanitaria en las localidades indígenas.
5. Protección de los Pueblos Indígenas en Situación de Aislamiento y Contacto Inicial: El Ministerio de Cultura y el Ministerio de Salud fortalecerán el monitoreo en los ámbitos con presencia de los PIACI, así como la implementación de medidas de seguridad sanitaria.
Asimismo, el Decreto aprueba líneas de acción estratégicas por cada uno de los ejes, las cuales se encuentran en proceso de implementación. En ese sentido, el Ministerio de Cultura y el Ministerio de Desarrollo en Inclusión Social (MIDIS) se encuentran coordinando la entrega de alimentos a las comunidades nativas, en el marco del Decreto Legislativo N°1472, el cual faculta al Programa Nacional Qali Warma proporcionar excepcionalmente el servicio de atención alimentaria complementaria a personas en situación de vulnerabilidad.
Participación de las organizaciones indígenas
La norma además indica que los servicios y acciones que desarrollen las entidades del Estado deben garantizar la participación y coordinación con organizaciones representativas de los pueblos indígenas u originarios. En ese sentido, la Estrategia recoge los aportes y recomendaciones formulados por las organizaciones indígenas nacionales y regionales.
Enfoque intercultural
El decreto legislativo establece disposiciones de obligatorio cumplimiento para que las entidades públicas encargadas de brindar los servicios y acciones dirigidos a ámbitos geográficos donde habitan pueblos indígenas u originarios en el marco de la estrategia, adecuen sus intervenciones a las realidades culturales de dichos pueblos.
Asimismo, establece que las entidades involucradas deberán coordinar con el Viceministerio de Interculturalidad del Ministerio de Cultura para que este realice la interpretación y traducción en lenguas indígenas u originarias de información prioritaria, garantizando su transmisión y comprensión a través de la contextualización de los mensajes a la realidad sociocultural de los pueblos indígenas.
Fuente: Andina