Julio Ricardo Cusurichi Palacios, con 20 años experiencia en liderazgo tradicional iniciándose desde su comunidad nativa El Pilar, en la región Madre de Dios, así como en las organizaciones indígenas: Federación Nativa de Madre de Dios (FENAMAD) y la Asociación Interétnica de Desarrollo de la Selva Peruana (AIDESEP) en Perú, perteneciente al pueblo indígena shipibo, ganador del Premio Internacional Ambiental Goldman Prize por la defensa de la biodiversidad de la Amazonía, donde habitan pueblos indígenas en aislamiento voluntario y en contacto inicial seres humanos que son extremadamente vulnerables a cualquier contacto con la sociedad nacional.
En calidad de líder indígena amazónico manifiesto que, en concordancia con el Convenio 169 de la OIT, el Perú a través de su Gobierno Nacional y Regional realizó avances normativos para la protección y defensa de estos pueblos indígenas en aislamiento voluntario y en contacto inicial.
Pero todas estas acciones muy positivas podrían verse profundamente afectada con la pretensión de construir una carretera que cruzará territorios de pueblos indígenas en aislamiento y el Parque Nacional Alto Purús, acción que podría llevar a un etnocidio y genocidio sistemático a estos pueblos.
Primero.- El Poder Legislativo del Gobierno Peruano: Congreso de la República del Perú, con fecha 19 de abril de 2012, ha empezado a circular el Proyecto de Ley 1035/2011, que pretende declarar de necesidad pública y prioritario interés nacional, la conectividad terrestre entre los centros poblado Puerto Esperanza (provincia Purús del Ucayali) e Iñapari (provincia Tahuamanu de Madre de Dios) en Perú, ambas provincias fronterizas con el país vecino Brasil, conectividad terrestre por medio de una carretera o línea férrea que una los dos capitales de provincia Puerto Esperanza e Iñapari, en el marco de la política del estado crear “fronteras vivas”.
Segundo.- Como testigo que conoce los serios problemas que ocasionarán a los pueblos indígenas que existen en las dos provincias en mención, habitan humanos muy vulnerables que cualquier contacto podría a conllevar un etnocidio pues dicha conexión terrestre significará una amenaza a sus territorios, su vida y a su autodeterminación como pueblo indígena, amparados en la Constitución Política del Perú y en el convenio Nº 169 de la OIT que fue ratificado por Perú en 1993.
Tercero.- Asimismo esta conexión vial es una amenaza, por la continuidad de la tala y el comercio ilegal forestal, poniendo en peligro el área natural protegida Parque Nacional Alto Purús y la Reserva Territorial Mashco Piro, reconocida con Resolución Ministerial Nro. 0427-2002-AG, por ser hábitat de los últimos indígenas en aislamiento voluntario en Madre de Dios y en el planeta, y que por el ingreso de foráneos por esta vía, estaríamos siendo cómplices de que estos pueblos busquen refugio, como podría pasar y emigren hasta territorios de Brasil produciéndose conflicto interétnico con otros pueblos indígenas.
Cuarto.- Considerando la existencia de pueblos indígenas en aislamiento voluntario en los países de Brasil, Perú, Colombia, Paraguay, Uruguay, Venezuela, Ecuador y Bolivia; consciente de la falta de protección de los gobiernos, es muy necesario el apoyo de la cooperación internacional que deberá destinar recursos financieros para implementar políticas públicas para garantizar el territorio y la vida de estos pueblos.
Quinto.– Reconocemos los primeros esfuerzos del actual Presidente del Perú en la implementación del Convenio 169 de la OIT y el reglamento de la Ley de Consulta Previa, aprobado recientemente por el Estado Peruano, pero solicitamos dar pasos más concretos. Se debe crear un Ministerio de Pueblos Indígenas a nivel nacional y una Gerencia Regional de Pueblos Indígenas a nivel regional, para impulsar una verdadera inclusión social.
Solicito asimismo, a los organismos internacionales de derechos humanos, que deben monitorear el cumplimento de los acuerdos y tratados internacionales porque ningún programa de desarrollo internacional, nacional, minería, hidrocarburo, red, vías de interconexión e hidroeléctricas, debería vulnerar los derechos y la vida de los pueblos indígenas en aislamiento voluntario. Al contrario, debería asegurar la protección de la biodiversidad y de las áreas naturales protegidas vecinas.
Sexto.– Respaldamos la decisión firme del gobierno regional de Madre de Dios en Perú, por trabajar normativas para la defensa de los derechos y autodeterminación de los pueblos indígenas y ordenar la actividad minera ilegal. Esta acción ayuda a conservar los bosques amazónicos y mitigar el cambio climático como aporte de la humanidad, por esa razón y con mucha firmeza, expreso que el Proyecto de Ley Nro. 1035/2011, propiciado por los congresistas de la República del Perú, se debe archivar por el respeto a la biodiversidad y los derechos de los pueblos indígenas.
Solicito que se fortalezca la iniciativa del GOREMAD, FENAMAD, ORAU y AIDESEP en crear un sistema de control y vigilancia para garantizar la vida y sus territorios de estos pueblos vulnerables del planeta.
Puerto Maldonado, 30 de abril de 2012
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