Según una norma aprobada por el Congreso, las Fuerzas Armadas estarán autorizadas a incautar drogas y detener a sospechosos de este delito en las zonas de emergencia donde tienen a cargo el control interno.
El proyecto de ley aprobado en el parlamento modifica el decreto legislativo 1095, Ley de las reglas de empleo y uso de la fuerza por parte de las Fuerzas Armadas, y fue aprobado por 92 votos a favor, uno en contra y 4 abstenciones. Fue exonerado de segunda votación y, por lo tanto, quedó expedito para ser promulgado por el Ejecutivo.
El texto sustitutorio fue sustentado por el presidente de la Comisión de Defensa Nacional, José Urquizo (NGP), quien recogió los aportes de varios congresistas durante el cuarto intermedio para superar algunas observaciones.
“Cuando medie la presencia de las Fuerzas Armadas en zonas declaradas de emergencia, y estén a cargo del control del orden interno, están facultadas para realizar interdicción terrestre, acuática y aérea a los implicados en actividades relativas tráfico ilícito de drogas”, señala la norma aprobada.
Agrega que lo incautado y los detenidos tendrán que ser puestos de inmediato a disposición de la Policía Nacional y el Ministerio Público.
La norma también autoriza al Ejército, en el marco del estado de emergencia, a interceptar a personas y vehículos de transporte terrestre, en zonas cocaleras del país, a efectos de establecer su identificación y destino final.
Esta misma atribución tendrá la Marina de Guerra, con las embarcaciones nacionales o extranjeras en el espacio marítimo, a efectos de establecer su identificación y destino final.
En ambos casos, si las personas no acatan la disposición de la autoridad, se aplica las medidas interdictivas apropiadas de acuerdo al procedimiento del DL 1095, de empleo y uso de la fuerza por parte de la Fuerzas Armadas y Policiales.