El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), modificó el Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares con la finalidad de fortalecer la capacidad fiscalizadora y sancionadora de la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías (SUTRAN) durante las intervenciones que realice a los Centros de Inspección Técnica Vehicular (CITV).
A través del Decreto Supremo Nº 001-2019-MTC, publicado hoy en El Peruano, se incorporan medidas correctivas y preventivas al Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares, necesarias para sancionar a quienes obstruyan el rol fiscalizador de la SUTRAN. La norma destaca la importancia de cumplir con el procedimiento de dichas inspecciones para que los vehículos circulen por la Red Vial Nacional en óptimas condiciones.
Estas medidas de fortalecimiento a la labor de la SUTRAN se adoptan en tanto el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) viene elaborando una propuesta de modificación integral del régimen legal de las Inspecciones Técnicas Vehiculares (ITV).
El decreto supremo incluye obligaciones en el servicio de transporte de mercancías, establecidas en el Reglamento de Administración de Transporte (RENAT), y a las infracciones contra la seguridad en el servicio de transporte que sean detectadas por el Sistema de Control y Monitoreo Inalámbrico (GPS).
Hasta el 31 de enero del presente año, los transportistas que usen vehículos sin GPS, que no transmitan la información de sus vehículos a la autoridad competente o que transmitan información manipulada recibirán sanciones de carácter educativo.
En cuanto a las infracciones al exceso de velocidad en el servicio de transporte de mercancías detectadas vía GPS, éstas continuarán teniendo carácter educativo y a partir del 2 de mayo del año en curso, tendrán efecto sancionador.
Asimismo, se deroga la disposición del Reglamento Nacional de Tránsito (RETRAN) sobre el margen de error de 10 km cuando mediante el GPS se detecten infracciones por exceso de velocidad. Solo se mantiene el margen de tolerancia, equivalente a 5%.
Respecto al Reglamento Nacional de Administración de Transporte (RENAT), el D. S. también establece que, a efectos de garantizar el correcto cumplimiento de la normativa nacional en materia de transporte terrestre, las ordenanzas de los Gobiernos Regionales y de las Municipalidades Provinciales deben ser coordinadas con la Dirección General de Transporte Terrestre del MTC.
De otro lado, se prorrogó hasta el 30 de junio de 2019, la jornada máxima en la conducción de 12 horas en un periodo de 24 horas.