Fortalecen capacidades de titulares de concesiones forestales maderables

Con el objetivo de prevenir infracciones a la Ley Forestal y de Fauna Silvestre n° 29763, por parte de las titulares de concesiones forestales maderables del ámbito de las regiones de Huánuco, Loreto y Ucayali, el Organismo Supervisor de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre (Osinfor), de manera preventiva, informó sobre el Procedimiento Administrativo Único (PAU) del Osinfor.

El taller denominado “Actuaciones del Procedimiento Administrativo Único-PAU”, se realizó el pasado 28 de abril y contó con la participación de 30 titulares de los contratos de concesión, permisos y autorizaciones otorgados por el Estado, que tengan como objetivo el aprovechamiento sostenible de los recursos forestales y de fauna silvestre.

En la sesión virtual, de manera preventiva con la finalidad de evitar que incurran en infracciones a la Ley Forestal y de Fauna silvestre, se explicó todo lo relacionado con el PAU del Osinfor.

El PAU del Osinfor establece una serie de acciones orientadas a investigar y determinar la existencia o no, de responsabilidad administrativa por la comisión de conductas tipificadas como infracciones en la Legislación Forestal y de Fauna Silvestre como: principios, prescripción, caducidad, estructura, eximentes, atenuantes, entre otros.

Con estas estas actividades el Osinfor busca promover el cambio de conducta en los titulares de títulos habilitantes, contribuyendo en la adecuada gestión e implementación de los planes de manejo de aprovechamiento forestal y de fauna silvestre en las diferentes modalidades de acceso al bosque, orientándolos a un aprovechamiento sostenible y con conservación de acuerdo a las normas y buenas prácticas.

Dato

El Procedimiento Administrativo Único (PAU), es regulado por el Reglamento del Procedimiento Administrativo Único del Osinfor, aprobado por Resolución Presidencial N° 020-2017-OSINFOR, el cual establece un el cumplimiento de un conjunto de acciones cuyo objetivo es investigar y determinar la existencia o no, de responsabilidad administrativa por la comisión de conductas tipificadas como infracciones en la Legislación Forestal y de Fauna Silvestre y/o por incurrir en alguna causal de caducidad.