Fallo del TC jaquea investigación a clan de los Sánchez Paredes

El diario La República difundió  un informe en el que señala que el Tribunal Constitucional dictó una sentencia que torpedea la investigación a los Sánchez Paredes y todo aquel caso  que en cuatro meses no tenga sentencia. Este organismo en votación dividida estableció que los fiscales solo tienen cuatro meses como plazo máximo para investigar y que superado ese plazo todo se archiva.

A continuación reproducimos la nota de La República.

Ayer fue el sistema anticorrupción, ahora le tocó el turno a la fiscalía contra el crimen organizado. El Tribunal Constitucional dictó una sentencia que torpedea la investigación a los Sánchez Paredes y todo aquel caso  que en cuatro meses no tenga sentencia.

El beneficiario directo de este último fallo del TC es el abogado aprista y directivo de Exploraciones Algamarca, José Humberto Abanto Verástegui. Sin embargo, puede ser invocada  por los investigados en el caso Sánchez Paredes, y después por muchos otros: narcotraficantes, terroristas, violadores, asesinos, etc.

Según el fallo del TC, Abanto Verástegui (incluido en el caso Sánchez Paredes) es investigado desde el 7 de febrero del 2008, por lo que, considera, la Fiscalía ya excedió el plazo legal razonable para mantenerlo bajo esta situación y debe archivarse todo.

Al día de hoy la investigación a Abanto y los Sánchez Paredes tienen un año y 10 meses de trámite, pero teniendo en cuenta que el  hábeas corpus se presentó el 11 de junio del 2008, para el TC el plazo razonable de investigación es  cuatro meses.

“Cuando la investigación preliminar del delito a cargo del Ministerio Público exceda el plazo razonable corresponde estimar la demanda (…) pues resulta irrazonable que una persona esté sometida a un estado permanente de investigación fiscal o judicial”, dice el veredicto en su argumento 5.

Luego en el punto siete se toma en cuenta que de acuerdo con el Nuevo Código Procesal Penal, el plazo de investigación es de cuatro meses más 60 días, pero esta norma aún no está vigente en Lima.

El fallo de cuatro páginas fue suscrito, el 6 de noviembre último, por los magistrados Carlos Mesía Ramírez, Ernesto Alvarez Miranda y Gerardo Eto Cruz,  con la oposición de César Landa y Fernando Calle.

Votación dividida

Al revisar el expediente  se nota que no fue fácil que salga la sentencia. Al inicio tuvo el apoyo de Mesía y Álvarez, Landa y Calle se opusieron, al considerar que la labor y los plazos del fiscal no afectaban ningún derecho de Abanto.

Fue el magistrado Eto Cruz el que dio el voto definitivo, aunque consiente de las consecuencias de este fallo, pidió precisar que solo servía para Abanto Verástegui, pero no le hicieron caso.

Impunidad total

Ahora la precisión de Eto Cruz solo sirve para los estudiosos del derecho, y se  dejó el camino libre a la familia Sánchez Peredes para reclamar el mismo derecho, máxima si ahora ya tránscurrieron un año y 10 meses, y aun no se presenta el caso al Poder Judicial.

Lee la nota completa del diario La República en: http://www.larepublica.pe/archive/all/larepublica/2009/11/28/1/01/todos

Los comentarios están cerrados.