La Dirección Regional de Cultura de Ayacucho informó a las autoridades regionales, municipales, funcionarios, empresas públicas y privadas, ONG y ciudadanía que toda obra de infraestructura que requiera remoción de tierras o explotación de recursos naturales debe poseer autorización del Ministerio de Cultura.
En ese sentido, indicó que toda acción contraria a la disposición regional será motivo de procesos administrativos sancionadores y las correspondientes denuncias penales, en estricta aplicación de las normas legales vigentes, específicamente la Ley 28296.
Cabe resaltar que constituyen Patrimonio Cultural de la Nación los sitios arqueológicos expresamente declarados como tales o sobre los que exista la presunción legal de serlo, los mismos que son intangibles.
Asimismo se recordó que los propietarios de inmuebles, declarados monumentos históricos o que se hallen en zonas monumentales o ambientes urbano monumentales, deben contar con la aprobación de los expedientes de intervención, teniendo presente que toda licencia que otorgue las municipalidades son nulas si previamente no hubo aprobación del Ministerio de Cultura.
La Dirección Regional de Cultura de Ayacucho ofreció su asesoramiento y orientación a los poseedores de estos inmuebles para la adecuada formulación de los proyectos de intervención.
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