Establecen excepciones para la venta del paiche en la Amazonía

El Ministerio de la Producción (Produce) estableció excepciones para la comercialización del paiche en la Amazonia, es decir, podrán comercializarlo aquellos pescadores o empresas que acrediten con documentación que la extracción del recurso se realizó antes del período de veda, previsto a iniciar mañana 1 de octubre.  Para ello, Produce modificó el Artículo 3 de la Resolución Ministerial Nº 215-2001-PE, la cual establece la temporada anual de pesca del recurso paiche en cuerpos de agua públicos del país. 

El texto actualizado, por Resolución Ministerial Nº 00320-2020-PRODUCE, sostiene que “las personas naturales y jurídicas  que capturen, retengan, transformen, transporten, comercialicen o utilicen el recurso paiche durante el período de veda establecido, en cualquiera de sus estados de conservación, serán sancionados conforme a lo establecido por la Ley General de Pesca, su Reglamento y demás disposiciones legales vigentes; salvo que se cuente con documentación indubitable y de fecha cierta que demuestre que el referido recurso haya sido extraído antes de la fecha de prohibición”. 

La medida responde a las acciones de establecer las bases para el aprovechamiento racional y sostenible de los recursos hidrobiológicos y el desarrollo de la pesquería amazónica; así como, garantizar el equilibrio dinámico entre el crecimiento económico, el fomento de las inversiones y la conservación de los recursos, informó el Produce a INFOREGIÓN.