Historia que se repite. Una vez más, y con el propósito de aprovechar irracionalmente los recursos ictiológicos, un grupo de irresponsables pescadores del Centro Poblado de Samaniato, en el distrito de Kimbiri, en el VRAE, arrojaron grandes cantidades de cube y barbasco a orillas del río Apurímac, ocasionando la muerte de cientos de peces de distintas variedades.
Clemente Escalante, funcionario de la municipalidad de Kimbiri, denunció que el lamentable hecho se registró en esta oportunidad entre los centros poblados de Samaniato y Kimbiri Alto, en la comunidad de Puerto Rico, a escasos minutos de la capital de Kimbiri.
“La semana pasada fue en la comunidad de 9 de Diciembre, ahora es en Puerto Rico, lamentablemente se han perdido cientos, quizás miles de peces, en mucho de los casos, alevinos de las variedades Chupadora, Paco, Gamitana, Lisa de río, Machete y el tan apreciado Carachama”, lamentó.
Escalante Balcón narró indignado el panorama que observó luego que los irresponsables pescadores abandonaran la zona al advertir la presencia de las autoridades.
“Hemos podido calcular que son muchos cientos de peces, en su mayoría alevinos, los que por su tamaño han sido abandonados por los pescadores a la orilla del río. El olor y la presencia de aves carroñeras muestra un paisaje desolador, esto es un golpe a la ecología acuícola de nuestro VRAE”, narró el funcionario.
Según denunciaron algunos pobladores vía comunicación telefónica con el noticiero Diálogo Ciudadano de INFOREGION, la irracional actividad se repite en forma permanente en los distritos de Samugari, Santa Rosa, San Francisco (cerca a la comunidad de Rosario) y los distritos de Pichari y Sivia.
Aplicarán normativa
Esta irracional actividad ha generado gran preocupación de los regidores del distrito de Kimbiri, quienes el pasado 14 de setiembre, aprobaron en sesión ordinaria de Concejo Municipal, autorizar a la oficina de Asesoría Jurídica iniciar las acciones legales en contra de quienes realicen estas malas prácticas ambientales, como la pesca con veneno.
Al respecto, el artículo 304 del Código Procesal Penal señala la sanción con pena privativa de la libertad no menor de un año ni mayor de tres a las personas que infrinjan las normas sobre protección del medioambiente.
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