Descanso remunerado para trabajadores estatales que sean empadronadores

Los trabajadores del sector público que participen como funcionarios censales el domingo 21 de octubre, día del Censo Nacional, tendrán derecho a un descanso remunerado el día lunes 22, según dispuso hoy el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.


 


Para acceder a ese beneficio, los trabajadores que actuarán como empadronadores deberán acreditar tal condición antes de la ejecución del Censo ante su respectiva entidad, precisa un Decreto Supremo publicado hoy el boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.


 


En su parte considerativa, el dispositivo legal recuerda que todas las entidades públicas del país están obligadas a colaborar con el Censo Nacional designando a personal para el empadronamiento censal.


 


En tal sentido, precisa la norma, resulta pertinente otorgar facilidades a los trabajadores que laboran en el sector público -sujetos tanto al régimen laboral público como al privado- y que actuarán como funcionarios censales, a fin de compensar su día de descanso.