Derechos Humanos e impunidad

La República. En los últimos 30 años, la lucha contra la impunidad y la condena al terrorismo de Estado y sus agentes avanzaron contra viento y marea en nuestro país, impulsadas por el descubrimiento de los horrores cometidos en la represión de la barbarie terrorista en los años de violencia. A veces este avance se dio en soledad, pero otras con acompañamiento de multitudes que reclamaban justicia.

La principal virtud de esta lucha fue la perseverancia y la búsqueda permanente de la sociedad como interlocutora. Pues esa lucha por la justicia, además de ideas y argumentos, necesita ser asumida por la sociedad en su conjunto, que debe identificarse con ella, asumir su solidaridad con las víctimas y su rechazo a los violadores de los Derechos Humanos, que son derechos de todos.

Los organismos de DDHH han dado la cara en este difícil combate, hasta que la mayoría de la sociedad entendió el planteo, lo acompañó e hizo suyo. El Informe Final de la CVR fue el punto más importante de esta pelea por lograr principios éticos y solidarios que sirvan de base a una sociedad democrática y de paz, pues no solo se trata de un  problema de justicia o de compensación a las víctimas, sino de deslindar con los agentes del terror para lograr un país donde se pueda vivir.

El Informe Final de la CVR designó a SL como el principal culpable de los años de violencia, pero también identificó a los autores de excesos del lado de los agentes del orden en el seno de las FFAA y de los organismos de seguridad del Estado, y pidió la judicialización de 47 de estos casos, que implicaban gravísimas violaciones a los DDHH. No hizo esta demanda en nombre de un espíritu de revancha sino debido a la necesidad de instalar nuevos paradigmas ciudadanos y éticos indispensables en toda democracia.

Es en nombre de estos paradigmas que rechazamos el DL 1097, cuyo contenido es inconstitucional al buscar cortar los procesos que se siguen a uniformados por casos de violación de DDHH, al establecer el sobreseimiento de los mismos por vencimiento del plazo de investigación, una figura inexistente en el Código Procesal Penal vigente o en alguna otra norma jurídica.

En tanto se presenta la acción de inconstitucionalidad ante el TC, y habiendo pronunciamientos anteriores de la Corte Interamericana de DDHH en esta materia, invocamos a jueces y fiscales a abstenerse de aplicar este DL, que en la práctica busca dar curso a la impunidad y favorecer a represores identificados como los del Grupo Colina, permiténdoles escapar a la justicia y al castigo que merecen.