En Puno, el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (Serfor) entidad adscrita al Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (Midagri) decomisó 5053.65 pies tablares de madera de las especies incapace (Tachigali vasquezii) y lupuna (Ceiba pentandra) que eran transportados en tres vehículos procedentes de la región Madre de Dios sin contar con los documentos que acrediten su origen legal.
El decomiso de la madera se produjo en los puestos de control de San Gabán, ubicado en el distrito de San Gabán y el de Maravillas en Juliaca, cuando personal del Serfor Puno desarrollaba acciones de control y vigilancia, con la finalidad de verificar la legalidad de los productos forestales que se transportan.
En el puesto de control San Gabán se intervinieron dos vehículos que tenían como destino las ciudades de Arequipa y Ayaviri respectivamente, en el primero al verificar la Guía de Transporte Forestal (GTF) presentada por el conductor, el cargamento no contenía la especie palo santo (Bursera graveolens) tal como se consignaba; sin embargo, se encontró madera de la especie incapacae (1801.57 pt) que no había sido registrado en ningún lado. En el segundo vehículo, se encontró mayor volumen de madera lupuna (1407.68) de lo declarado en la GTF.
Mientras, en el puesto de control Maravillas durante la verificación del cargamento de un vehículo con destino a la ciudad de Juliaca, se halló mayor volumen de madera lupuna (1844.4 pt) y menor volumen de la especie misa de lo declarado en la GTF.
Después de comprobar que los productos forestales no contaban con los documentos que acrediten su procedencia legal y autoricen su transporte, procedieron con su inmovilización y decomiso.
El transporte de productos o sub productos forestales, sin contar con los documentos que amparen su movilización y procedencia legal es considerado como una infracción muy grave en la Ley Forestal y de Fauna Silvestre, Ley 29763, conforme lo establecido en el Reglamento de infracciones y sanciones en materia forestal y de fauna silvestre aprobado mediante D.S N° 007-2021-MIDAGRI.
En tal sentido, personal del Serfor inició el Proceso Administrativo Sancionador (PAS) a las personas involucradas en el transporte de los productos forestales maderables por infringir la mencionada ley que sanciona estos hechos con multas que fluctúan entre 10 a 5000 UIT, de acuerdo a los criterios de gradualidad.
El Serfor invocó a los conductores que efectúan el transporte y movilización de productos o subproductos forestales cumplir sus obligaciones, según lo establecido en la normativa forestal y de fauna silvestre que precisa como obligatorio portar la Guía de Transporte Forestal (GTF) en el vehículo, desde el embarque del producto forestal y de fauna silvestre hasta su destino final.
Asimismo, deben verificar que la información indicada en la GTF sobre los productos forestales (números de piezas y volumen) coincida con lo que transportan para evitar incurrir en infracciones y ser sancionados.