Declaran tránsito fluvial restringido en zona donde murió comunero en Madre de Dios

En comunicado público el Ministerio del Ambiente, el Gobierno Regional de Madre de Dios y la Federación Nativa del río Madre de Dios y afluentes, Fenamad, lamentaron la muerte del comunero Nicolás Flores a consecuencia de un ataque con flechas de indígenas en aislamiento voluntario y declararon temporalmente como «zona de tránsito fluvial restringido»  el sector de Yanayacu ubicado en la zona de amortiguamiento del Parque Nacional del Manu en Madre de Dios.

A continuación el Comunicado público conjunto:

El Gobierno Regional de Madre de Dios, la Federación Nativa del río Madre de Dios y Aluentes, FENAMAD, y el Ministerio del Ambiente, se dirigen a la opinión pública para comunicar lo siguiente:

1.- El día martes 22 del presente mes, aproximadamente a las 8 y 30 de la mañana y a 8 kilómetros de la comunidad nativa de Diamante , falleció el comunero Nicolás Flores conocido como «Shaco» a consecuencia del ataque con flechas de indígenas en aislamiento voluntario.

2.- Al tener conocimiento de estos lamentables hechos, por gestión del Presidente Regional de Madre de Dios, José Luis Aguirre Pastor, el día miércoles 23 una delegación interinstitucional se dirigió al lugar.   La comisión estuvo integrada por el vicepresidente y gerente general regional, representante del Consejo Regional, Gobernador de Madre de Dios, Presidente de la Federación Nativa de Madre de Dios, jefe de la Dirección de Investigación Criminal y representante del Ministerio del Ambiente.

3.- En cumplimiento del «compromiso histórico entre los pueblos indígenas de la zona alta y baja del río Madre de Dios  y el presidente del Gobierno Regional de Madre de Dios, periodo 2011 – 2014” , suscrito el 25 de enero de este año, se acordó realizar las siguientes acciones de contingencia:

Enviar ayuda humanitaria a la familia damnificada, dotar de medicamentos y personal especializado en el Puesto de Salud de Diamante, construir un puesto de control en el sector de Yanayacu -donde ocurrió el accidente-, así como  la priorización de proyectos de agua y desague y otros en los que esté comprometida la comunidad nativa de Diamante.

4.- Debido a que ocasionalmente se tiene la aparición de grupos de indígenas en aislamiento voluntario en el sector denominado Yanayacu ubicado en la zona de amortiguamiento del Parque Nacional del Manu, entre las comunidades nativas de Shipetiari y Diamante, el Gobierno Regional de Madre de Dios declaró temporalmente como «zona de tránsito fluvial restringido» dicho sector.

5.- Hay que destacar que la Ordenanza 006 – 2011 – GRMDD/CR,  publicada en el diario oficial El Peruano el primero de octubre del 2011, tiene como objetivo evitar un posible brote epidémico en la zona a partir del contacto que pueda generar el intercambio de productos como ropa, alimentos u otros utensilios.

Puerto Maldonado,  24 DE NOVIEMBRE DE 2011
Gobierno Regional de Madre de Dios

Federación Nativa de Madre de Dios

Ministerio del Ambiente.