Congreso aprobó nueva Ley de Servicio Militar que beneficiará a los reclutas

Con 85 votos a favor, el pleno del Congreso aprobó hoy la nueva Ley de Servicio Militar, en la que además de estipularse diversos beneficios para los reclutas, establece que la Libreta Militar solo será entregada y obligatoria para quienes presten servicio activo en una institución castrense.


 


La ley entrará en vigencia a partir del 1 de enero del próximo año, y todos los jóvenes al cumplir los 17 años de edad, se  deberán inscribir en el Registro de Identidad y Estado Civil (Reniec), para obtener primero su Documento Nacional de Identidad (DNI) y dentro de los siguientes 90 días, a la obtención de ese documento, se realizará la inscripción militar obligatoria en las oficinas del Registro Militar.


 


«En dicho acto se llevan a cabo los exámenes sicosomáticos como la toma de las medidas antropométricas, para determinar la calificación del inscrito», señala el dispositivo que, tras su aprobación, fue exonerado de segunda votación.


 


La presidenta de la Comisión de Defensa, Mercedes Cabanillas, explicó que el DNI que se entregue a los jóvenes de 17 años tendrá una vigencia de 8 años, su color será el mismo que el documento que tienen los mayores de edad, y contará con el número de votación de una mesa diferida que será activada cuando su titular cumpla los 18 años de edad.


 


«La Libreta Militar es el documento que acredita la situación militar, y se otorga sólo a quienes hayan prestado el Servicio militar. Dicho Documento también se otorga a los peruanos que, siendo parte de la reserva, poseen doble nacionalidad», dijo Cabanillas.


 


El Reniec remitirá al Ministerio de Defensa, antes del 15 de enero de cada año, la relación nominal de los peruanos que el año anterior cumplieron los 17 años de edad. También deberá enviar trimestralmente la nómina de las personas, entre 18 y 50 años, que hubieran fallecido, con la finalidad de mantener actualizada la Base de Datos del Registro Militar y, en especial, la relación del personal de reserva.


 


Quien no cumpla con inscribirse en el registro respectivo durante el plazo establecido, será considerado como omiso.


 


Beneficios a reclutas


Con esta nueva ley los reclutas gozarán de una serie de beneficios como alimentación diaria, dotación completa de prendas de vestir, según la región y la estación, y prestaciones de salud, así como una asignación económica mensual que se incrementará gradualmente hasta alcanzar el 10% de la Unidad Impositiva Tributaria la misma que deberá ser establecida anualmente en el Presupuesto General del Sector Público.


 


Quienes hagan el Servicio Militar también tendrán derecho a  recibir educación superior tecnológica en distintas especialidades, y también tendrán facilidades para iniciar, continuar y culminar estudios de educación universitaria o superior.


 


Asimismo se harán acreedores a un 50% del valor de las entradas a museos, lugares históricos culturales, espectáculos públicos y eventos deportivos; así como a un descuento similar en el monto de pago de los derechos por inscripción e ingreso a las escuelas de formación de las Fuerzas Armadas y de la policía.


 


Los jóvenes que accedan al servicio militar acuartelado recibirán una bonificación de 10 puntos en la nota final para postular a las escuelas de las Fuerzas Armadas o de la Policía Nacional, y  también becas de estudio en las universidades públicas en un porcentaje no menor al 5% del total de ingresantes.