Congresistas respaldan tipificar a minería ilegal como delito

Congresistas de diversas bancadas respaldaron la tipificación de la minería ilegal como delito, pero pidieron instaurar un programa que permita formalizar a aquellos que se dedican a la actividad extractiva de manera artesanal.

El portavoz de Gana Perú, Freddy Otárola, señaló que el decreto aprobado por el Poder Ejecutivo hará una clara diferencia entre la pequeña minería y la ilegal y otorgará la posibilidad de legalizar a los primeros. “Esto forma parte de la política de la nueva minería del Gobierno, que prioriza al ser humano y al ecosistema. A la minería ilegal todo el peso de la ley por el daño ecológico, a la salud y al medioambiente”.

El vocero de Alianza por el Gran Cambio, Juan Carlos Eguren, destacó la anunciada medida. “Era urgente e imperativo tomar acciones en esta materia porque es una actividad altamente depredadora y contaminante. El daño que se produce en la selva es irreversible y el Estado tiene la obligación de defender el medioambiente y por ello es fundamental tomar acciones”.

En el caso del legislador de Alianza Parlamentaria, Víctor Andrés García Belaunde, sostuvo que primero es necesario analizar los alcances del mencionado decreto legislativo, aunque señaló que constituye un primer paso para combatir ese flagelo. Sin embargo, indicó que se necesita una verdadera voluntad política por parte del Estado, en sus tres niveles, para enfrentar esta problemática.

Por su parte, la congresista de Fuerza 2011, Luz Salgado Rubianes, opinó que urge hacer frente a la minería ilegal que contamina y depreda, pero paralelamente se deben dar programas de reinserción a quienes se dedican a esa actividad de manera artesanal.

“No se puede pretender castigar a los mineros artesanales que quieren legalizarse. Es obligación del Estado darles alternativas y la oportunidad de reinsertarse al mercado productivo”, apuntó.

El Gobierno aprobó vía decreto una reforma del Código Penal para incluir el delito de minería ilegal que tendrá una pena de cuatro a ocho años de cárcel cuando el delito se cometa en su forma típica, y de ocho a diez años en su modalidad agravada.