El Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica (Concytec), el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (Sunat) y el Ministerio de la Producción tienen casi listo el reglamento de la Lley 30309, que promueve la investigación científica, desarrollo tecnológico e innovación tecnológica, permitiendo a las empresas deducir sus gastos en estos rubros hasta en un 175%.
La presidente del Concytec, Gisella Orjeda, adelantó detalles de la norma al señalar que esta confirma que su institución calificará y autorizará los proyectos de investigación empresariales y fiscalizará su avance técnico.
La Ley 30309 establece que las empresas que desarrollen directamente proyectos de investigación científica o mediante centros de investigación, desarrollo e innovación peruanos podrán deducir esos gastos en un 175% para el cálculo del Impuesto a la Renta. En caso de que las empresas recurran a un centro de investigación extranjero, el beneficio solo será de 150%.
Para ambos escenarios, los proponentes del reglamento han considerado que el Concytec debe guardar la debida confidencialidad de los proyectos que postulan a este beneficio, informó este organismo a INFOREGIÓN.
Si el contribuyente desarrolla directamente el proyecto de I+D+i debe demostrar que cuenta con equipamiento, infraestructura, sistemas de información y bienes que sean necesarios para tal fin.
Además los investigadores o especialistas que formen parte del proyecto deberán tener el conocimiento necesario para realizarlo y encontrarse registrados en el Directorio Nacional de Investigadores e Innovadores (DINA).
Sobre los centros de investigación científica, estos también deberán obtener la autorización del Concytec para ofrecer sus servicios y formarán parte del Registro Nacional de Centros de Investigación y Desarrollo e Innovación (Renacyt). La lista de centros de investigación autorizados estará disponible para las empresas en la página web del Consejo Nacional de Ciencia.
Cabe resaltar que el reglamento precisará que si el proyecto I+D+i es financiado por algún fondo del Gobierno Central, no se exigirá el requisito de calificación y autorización a que se refiere la Ley. Por ejemplo, aquellos consorcios formados por la academia, la empresa y el Estado para formar Centros de Excelencia, estarán calificados para obtener el beneficio tributario.
Finalmente, el Concytec de manera periódica fiscalizará el desarrollo de los proyectos y emitirá un informe Sunat sobre el cumplimiento.
“Nosotros garantizaremos un adecuado y rápido proceso de calificación para las empresas, salvaguardando la calidad y confidencialidad del proyecto. Somos conscientes que debemos promover una mayor innovación y desarrollo científico y las empresas y Centros de Investigación son, para nosotros, las principales actores de la innovación y productividad del país”, puntualizó Orjeda.