Las personas naturales y jurídicas que tienen contratos de concesión, permisos de primera transformación y bosques locales de aprovechamiento forestal, así como todos los que participan en la cadena productiva de la madera, estarán obligados a registrar en libros la información de la madera que aprovechan, según dos resoluciones emitidas por el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (Serfor), entidad adscrita al Ministerio de Agricultura y Riego (Minagri).
De acuerdo a las normas publicadas en el diario oficial El Peruano, el uso del “Libro de operaciones de los títulos habilitantes para el aprovechamiento forestal sostenible” será exigible desde el 2 de marzo y el “Libro de operaciones de centros de transformación primaria de productos y subproductos forestales maderables” a partir del primero de agosto.
Hasta la entrada en vigencia de la obligatoriedad de los libros, el Serfor continuará con una campaña de capacitación y comunicación dirigida a los titulares de contratos de concesión, permisos y autorizaciones otorgados por el Estado, en particular a las comunidades nativas y a los titulares de los centros de transformación primaria, informó el Serfor a INFOREGIÓN.
Los libros de operaciones son documentos físicos y digitales, similares a los libros contables, que registran información real sobre los volúmenes aprovechados y transformados de madera en rollo o aserrada, facilitando la trazabilidad de los especímenes, productos y subproductos maderables desde su origen en el bosque hasta su transformación y llegada al mercado.
Además de la utilidad que estos documentos tienen para el control de los recursos forestales por parte del estado, los libros de operaciones representan un medio para que los usuarios mejoren la gestión de sus operaciones, pues conocerán el volumen de madera que tienen en las distintas etapas del proceso, sus rendimientos, etc., por lo que constituyen una herramienta valiosa de competitividad.