Capacitan a través de Internet a mineros artesanales para formalización

El Ministerio de Energía y Minas (MEM) ha comenzado a capacitar a través de Internet a los mineros artesanales peruanos, buscando la pronta formalización de sus actividades mineras de exploración, explotación, beneficio y comercialización de minerales.

Para ello está haciendo uso de su página web (www.minem.gob.pe) para intensificar y acelerar la capacitación de mineros artesanales que trabajan de manera informal en diferentes lugares del país y desean formalizar sus actividades.

Mediante las modernas tecnologías de comunicación, se les hace llegar no sólo la información y las orientaciones necesarias para la formalización, sino también el conocimiento relativo a las técnicas y procedimientos que se utilizan en la minería para que desarrollen esta actividad con mayor eficiencia y pleno respeto al medio ambiente.

Los materiales empleados para esta labor de capacitación a distancia provienen de las exposiciones de los dos talleres realizados conjuntamente con el Ministerio del Ambiente en el auditorio del MEM y se realizaron durante el primer semestre del año con la participación de mineros artesanales de Ica, Arequipa, Ayacucho, Puno, Piura y Madre de Dios.

El texto preparado sobre el tema señala que los recursos naturales pertenecen a la Nación y que el papel del Estado consiste en ejercer soberanía sobre su aprovechamiento.

Se explica además que los derechos para el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales se otorgan a los particulares mediante las modalidades que establecen las leyes especiales para cada recurso natural, según la Ley Orgánica para el Aprovechamiento Sostenible de los Recursos Naturales, Ley Nº 26821.

Las actividades de exploración, explotación, beneficio, labor general y transporte minero son ejecutadas por personas naturales y jurídicas nacionales o extranjeras, a través del sistema de concesiones.

Se aclara que el título de concesión no autoriza por sí mismo a realizar actividades mineras de exploración ni explotación, porque previamente el concesionario deberá gestionar la aprobación del Instituto Nacional de Cultura (INC).

Asimismo, contar con la certificación ambiental, obtener el permiso para la utilización de tierras, y obtener las demás licencias, permisos y autorizaciones.