Asociación de Municipalidades del Perú presenta ocho proyectos de ley al Congreso

El presidente de la Asociación de Municipalidades del Perú, AMPE, César Acuña Peralta, entregó al presidente del Congreso de la República, Javier Velásquez Quesquén, ocho proyectos de ley que buscan reafirmar el proceso de descentralización, distribuir mejor los recursos del Estado y restablecer el respeto a la autonomía, competencias y funciones de los gobiernos locales.


 


El  presidente del Parlamento comprometió su apoyo a las iniciativas legislativas elaboradas por la AMPE y manifestó que hará lo posible para que ingresen pronto al debate parlamentario.


 


Entre los proyectos se encuentran modificar el numeral 13.1 del artículo 13º de la Ley 29035, autorizando a los gobiernos locales, regiones y universidades a transferir los recursos provenientes del Canon, Sobrecanon y Regalías a entidades bancarias supervisadas por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP.


 


Otro proyecto busca incrementar los recursos del Fondo de Compensación Municipal, FONCOMUN, modificando el primer párrafo del artículo 76º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, el artículo 17º del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo y la Sexta Disposición Transitoria, Complementaria y Final de la Ley de Descentralización Fiscal.


 


Este proyecto busca incrementar en un punto el Impuesto de Promoción Municipal (IPM), de 2% á 3% de la estructura de 19% del IGV, de tal manera que este impuesto quedaría distribuido en 16% para el gobierno central y 3% para los gobiernos locales. Así, los gobiernos locales que contarían con un promedio de 1,000 millones de nuevos soles adicionales.


 


El tercer proyecto modifica diversos artículos del Decreto Supremo Nº 157-90-EF, que tiene rango de Ley y regula el ámbito normativo y jurisdicción de las Cajas Municipales de Ahorro y Crédito para que compitan en igualdad de condiciones con las demás entidades del sistema financiero nacional.


 


Otro proyecto precisa los alcances del literal I) del Artículo 7º del Decreto Legislativo 1033, que aprueba la creación del Ministerio del Ambiente. En cuanto el Artículo 3º de la Ley Nº 26834 de Áreas Naturales Protegidas, refiere que dichas áreas sólo podrán ser modificadas por mandato expreso de una Ley.


 


El quinto proyecto modifica la Ley del Canon y crea el Fondo de Compensación para las localidades que carezcan de Canon (FOCANON). Se busca incorporar otros ingresos y rentas para el cálculo del Canon Minero, establece la transferencia mensual de los recursos provenientes del Canon y crea el Fondo de Compensación para las localidades que carecen de recursos de Canon.


 


El sexto proyecto modifica el segundo, tercer y cuarto párrafo del Artículo 48º de la Ley 27444 del Procedimiento Administrativo General, respecto a la modificación o derogación de Ordenanzas Municipales o Normas Regionales de carácter general.



 


La norma materia de modificación colisiona con la autonomía que gozan los gobiernos locales en materia política, económica y administrativa en asuntos de su competencia.


 


Otro proyecto modifica los Artículos 3º y 23º de la Ley 26864 –Ley de Elecciones Municipales, y el Artículo 4º de la Ley 27683 –Ley de Elecciones Regionales con la propuesta de fortalecer la institucionalidad municipal, estableciendo una segunda vuelta electoral para la elección de alcaldes y regidores cuando ninguna de las listas hubiera alcanzado más del 35% de votos válidamente emitidos.


 


Finalmente, el octavo proyecto modifica los artículos de la Ley 29090 –Ley de regularización de las habilitaciones urbanas y edificaciones. Se propone eliminar la figura de los revisores urbanos y la aprobación automática con la sola presentación de la solicitud.