Con brindar los servicios de saneamiento adecuadamente, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) aprobó el Texto Único Ordenado de la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento, que permitirá promover el acceso universal al servicio de agua. Para ello se dispuso facultar a las empresas prestadoras de servicios de saneamiento (EPS) para que puedan incorporar volúmenes de agua disponibles y que provengan de otras fuentes de agua.
Esto se logrará a través del uso de la infraestructura con que cuentan los titulares de derechos de uso de agua superficial, subterránea, desalinizada o, cuando corresponda, mediante reúso de agua residual tratada. De esta manera, se busca incrementar la capacidad de producción de agua potable de las EPS, y se les brinda el marco legal para que puedan mejorar sus servicios.
La norma también faculta a las EPS a realizar el tratamiento de servicio de agua residual a través de proveedores, con fines de vertimiento y/o reúso, a fin de cerrar las brechas en este aspecto, informó el MVCS a INFOREGIÓN.
Cabe mencionar que, mediante Decreto Legislativo 1280, se aprobó en el 2017 la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento. Esta norma ha sido modificada en los años siguientes por la Ley 30672, el Decreto Legislativo 1357 y el Decreto de Urgencia 011-2020. Este último dispositivo dispuso que el MVCS debía aprobar un texto único ordenado que permita consolidar todas las modificaciones.
El texto único ordenado también establece que la prestación de los servicios de saneamiento garantiza la gestión sostenible de los recursos hídricos, en concordancia con las normas ambientales, y prioriza proyectos, programas y acciones que promuevan y/o garanticen el aprovechamiento eficiente y la conservación de las fuentes naturales de agua superficial y subterránea.