El Ministerio del Ambiente publicó la norma que establece el cronograma, los plazos y los principios para la implementación del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles (Senace), que señala que el proceso es continuo y ordenado, encontrándose este sujeto a etapas de obligatorio cumplimiento, que se rigen bajo seis principios: preclusión, cumplimiento de condiciones, predictibilidad, transparencia, construcción de capacidades y gradualidad.
El objetivo es que el Senace cuente con personal capacitado, instrumentos de gestión públicos aprobados, bienes, servicios y recursos económicos necesarios para ejercer de manera eficiente las funciones encargadas.
El cronograma fue aprobado en la segunda sesión del Consejo Directivo del Senace conformado por los ministros del Ambiente, Manuel Pulgar-Vidal; de Economía, Luis Castilla; de Energía y Minas, Jorge Merino; de Agricultura, Milton von Hesse; de la Producción, Gladys Triveño; y de Salud, Midori de Habich.
Con este paso, el Ministerio del Ambiente (Minam) cumple la ley de creación del Senace (Ley N° 29968), que dispone que el proceso de implementación del organismo se desarrolle según cronograma aprobado en un plazo no mayor a noventa días de publicada la norma.
Como se recuerda, el Senace fue creado en diciembre de 2012 por Ley N°29968, como organismo adscrito al Minam, encargado de evaluar y aprobar los Estudios de Impacto Ambiental detallados (EIAd) de los grandes proyectos de inversión en el Perú.
Esta es una de las 30 medidas previstas en los Ejes Estratégicos de la Gestión Ambiental, aprobados por el Consejo de Ministros para mejorar las condiciones ambientales y sociales de las actividades económicas, especialmente las industrias extractivas.