El Proyecto Anticorrupción del Instituto Democracia y Derechos Humanos de la Universidad Católica (IDEHPUCP) alertó sobre el próximo vencimiento del plazo de detención provisional del ex ministro aprista Rómulo León Alegría, uno de los principales involucrados y protagonistas del caso conocido como “Petroaudios”.
León Alegría lleva aproximadamente más de dos años y diez meses sin sentencia y en calidad de detenido por mandato del juez del Tercer Juzgado Penal, que data de octubre de 2008.
Según la normativa correspondiente (art. 137° del Código Procesal Penal – Decreto Legislativo N° 638), el plazo máximo de duración de la prisión preventiva es de 18 meses con posibilidad de ampliación a 36, prórroga que se cumplirá indefectiblemente en noviembre de este año.
Llegada esa fecha, León Alegría tendría que ser excarcelado para continuar su proceso penal en libertad, con el riesgo de fuga que ello conlleva. Cabe señalar, que el proceso judicial aún no se encuentra en etapa de juicio oral, lo que hace difícil apreciar, en el corto plazo, una sentencia sobre su responsabilidad en este caso.
Frente a esta situación hay dos posibilidades, señala el Proyecto Anticorrupción del IDEHPUCP: o se acepta la excarcelación y se le somete a una medida cautelar menos lesiva de la libertad, como por ejemplo el arresto domiciliario; o, de forma extraordinaria y excepcional, se extiende aún más el plazo de detención.
Esta última medida tendría que estar debidamente fundada en los parámetros que el Tribunal Constitucional ha señalado para una medida de este tipo.
Sobre el caso
El caso “Petroaudios” se originó luego de una denuncia periodística propalada el 5 de octubre de 2008. Consiste en las irregularidades en el proceso de licitación para la exploración y explotación de cinco lotes petroleros que convocó el Estado peruano, a través de la empresa estatal Perupetro S.A., y que concluyó con el otorgamiento de la licencia al consorcio Petroperú S.A./Discover Petroleum International S.A.
El auto apertorio de instrucción del caso data del 21 de octubre de 2008. En él se argumenta sobre los indicios razonables que vinculan a los procesados con delitos tales como los de tráfico de influencias (art. 400° CP), cohecho pasivo (art. 393° CP), entre otros.
Como consecuencia de la medida de detención provisional que contiene esta resolución judicial se dictó una orden de arresto domiciliario al procesado Alberto Quimper Herrera y un mandato de detención a Rómulo León Alegría, ambos principales involucrados y protagonistas de los audios de la denuncia periodística.
Estas medidas se cumplen, en el caso Quimper Herrera, desde la fecha de dicha resolución judicial, y en el caso de León Alegría, desde el 13 de noviembre de 2008, día en el que se entregó a la justicia.
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