El juez provincial mixto de Ayna – San Francisco, Gabriel Calmet Berrocal, conversó en exclusiva con INFOREGIÓN sobre los cuestionamientos de la Fiscalía y de los institutos castrenses por haber liberado a los hermanos Reynaldo (24) y Sergio Velásquez Santos (19), acusados de pertenecer al grupo terrorista Sendero Luminoso.
En diálogo con nuestro equipo periodístico en el VRAE, recordó que los dos hermanos fueron detenidos junto a otras 5 personas por miembros Ejército el pasado 14 de marzo en la zona denominada Convento en Vizcatán, tras lo cual todos ellos fueron acusados de terroristas.
Refiere que, según el atestado del Frente policial del VRAE, no se llegó a probar que cinco de los siete detenidos participaron en actos terroristas por lo que fueron liberados por la Fiscalía supraprovincial de Ayacucho. Entre tanto, el documento indica que los dos hermanos Velásquez Santos continuarían en investigación.
“Se interviene a los hermanos Velazquez cuando se encontraban buscando a su padre (Isidro Velásquez Flores), conjuntamente a las autoridades de los comités de autodefensa y autoridades políticas”, señala Calmet.
Añadió que “en el momento del registro personal y domiciliario no les encuentran absolutamente nada” que pueda vincularlos con el movimiento terrorista Sendero Luminoso.
“Para hablar de terroristas, se necesitan pruebas objetivas y documentos sustentatorios que lo acrediten”, apuntó al reiterar que estas no se encontraron en este caso.
Fueron obligados a autoinculparse
Según refiere el magistrado, la detención de los dos detenidos fue puesta en conocimiento de la Fiscalía dos días después de su captura, tiempo que fue utilizado para torturarlos y obligarlos a autoinculparse como subversivos.
“El Ejército los interviene el 14 de marzo y recién ponen en conocimiento de la fiscalía dos días después para que estas personas se autoinculpen de senderistas en un manuscrito del Ejército. Los torturaron, les han hecho dormir con las manos atadas y les han disparado casi rozándole la cabeza”, denuncia el juez.
Refirió, asimismo, que en el momento en el que se elaboró el acta auto inculpatoria, redactada por un miembro del Ejército, no estuvo presente un fiscal, gobernador, juez de paz o cualquier otra autoridad.
Apelación de la fiscalía se ampara en aspectos subjetivos
Consultado sobre la apelación que la Fiscalía ha presentado ante la Sala Especial Terrorista por su decisión, el juez manifestó que esta no tiene un sustento legal “por que se ampara en aspectos meramente subjetivos”.
“Pregunto a las autoridades que han salido a cuestionar el fallo, que expliquen cuáles son los elementos probatorios. ¿Les encontraron con artefactos bélicos? ¿Propaganda?, ¿Explosivos? o ¿En un enfrentamiento? Nada de eso se ha dado”, resaltó.
Agregó que al realizar el interrogatorio indistintamente a los acusados y al padre, los testimonios coinciden en que fueron obligados a autoinculparse mediante diversas modalidades.
El magistrado dijo, finalmente, que luego de que la Policía realizó las investigaciones se determinó que los acusados no tienen antecedentes que los vínculos con grupos subversivos.